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Paso a paso: Recopilación sobre la Ley Antifraude y el sistema de certificación (VERIFACTU - NO VERIFACTU)

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Summary

En este artículo te recopilamos información necesaria para que conozcas al detalle todo lo relacionado con la nueva normativa Antifraude y el sistema de certificación de facturas.

Resolution

Aspectos clave de la nueva normativa que debes conocer

La normativa de la Ley Antifraude, obliga a utilizar un software de facturación seguro y homologado como parte de las medidas para prevenir el fraude fiscal:

Con el uso de ese software homologado, las facturas siempre, en cualquier caso, se certifican evitando que puedan ser modificadas o eliminadas una vez han sido emitidas y contabilizadas. Lo que puedes elegir es si enviar las facturas certificadas a la Agencia Tributaria en el momento de su emisión  (VERI*FACTU) o no, y en caso de no enviarse de forma automática (sistema NO VERI*FACTU) puede ser requerida la información de esa certificación en cualquier momento por parte de la AEAT:

No hay que confundir este sistema de certificación de facturas con el uso de la Factura electrónica, son aspectos totalmente diferentes y detallados en normas también distintas:

  • La Ley Antifraude se centra en la utilización de un software homologado que permita la inalterabilidad de las facturas una vez certificadas, ya sean remitidas a la AEAT en el momento de su emisión o bajo un requerimiento, entrando en vigor de forma obligatoria según el tipo de empresa a partir del 1 de Enero de 2027 con la última modificación del Real Decreto-ley 15/2025 de 2 de Diciembre.
  • La factura electrónica, se transmite en formato digital estructurado y será obligatoria en el entorno entre empresas y autónomos según los plazos que determine esa otra normativa Ley Crea y Crece.

Pueden coincidir, pero no siempre van de la mano, ya que una factura puede ser certificada sin ser electrónica, y viceversa. Con Sage, puedes tener ambas sin complicaciones.


¿Por dónde empiezo?

Lo primero tras conocer en qué se basa la normativa y sus claves será saber si estás afectado por esta nueva normativa Ley Antifraude:

  • No estás obligado / afectado si:
    • Eres una empresa que está acogida al Suministro Inmediato de Información (SII).
    • Estás en sistema TicketBAI, sistema de certificación propio del País Vasco (Araba, Gipuzkoa, Bizkaia).
    • Si utilizas Sage 50 sólo para registrar la información de los asientos contables de facturas certificadas por otro software.
  • Sí estás obligado / afectado en el resto de casos, si emites facturas o tickets, y debes utilizar un software certificado que cumpla con la normativa.
    • Sage 50 ya está certificado y puedes descargar la declaración responsable desde la propia aplicación o desde el siguiente enlace:

En segundo lugar, ¿tu instalación, tus datos o tu configuración en el programa cumplen con la normativa?

El resultado de este diagnosticador, te ofrecerá la información necesaria incluso sobre la versión de Sage 50 que tienes instalada y si es necesario actualizarla.

  • La versión mínima certificada es la versión 50.7860.0, que es la primera que ya incorporó los requisitos de esta Ley Antifraude y está preparada para el sistema de certificación.
  • No obstante, recuerda que puedes activar las actualizaciones automáticas para mantener siempre la aplicación actualizada a la última versión publicada sin tu intervención.
  • Más información sobre Cómo actualizar tu Sage 50

¿Cómo lo instalo en Sage 50?

En el momento en el que dispongas de la versión adecuada, la funcionalidad de la Facturación certificada estará disponible en tu instalación de Sage 50 dentro del mantenimiento de empresa (Archivos - Empresas), editando la empresa y accediendo a la pestaña Add-ons - Facturación certificada.

 NOTA: No tiene coste, ni tienes que instalar ningún add-on ni realizar ninguna acción, ya que aparecerá disponible para su activación y configuración siempre que no tengas previamente instalado el Add-on de TicketBAI o si todas las empresas de tu grupo de empresas estén acogidas al SII, en cuyo caso no será necesario y por tanto no se activa automáticamente. 

  • Si tu grupo de empresa viene migrado de ContaPlus, por defecto no tendrás activada la Gestión Comercial (Compras y Ventas) por lo que para poder utilizar la funcionalidad deberás activarlo:
  • Si dispones de un Sage 50 Asesor Contable, será necesario disponer del Add-on de Servicios Facturables.

¿Y cuándo debo activar la facturación certificada?

Puedes activarlo ya en periodo voluntario hasta la entrada en vigor de la obligatoriedad según el tipo de empresa:

  • El 1 de enero de 2027, las sociedades anónimas y limitadas
  • El 1 de julio de 2027, los autónomos y sociedades civiles

 UPDATED: El Real Decreto-ley 15/2025 de 2 de Diciembre, amplía el periodo voluntario hasta ese comienzo obligatorio a partir del 1 de Enero de 2027.  


¿Debo enviar las facturas a la AEAT o no es necesario?

Puedes elegir libremente entre enviar automáticamente las facturas a la Agencia Tributaria una vez las emitas y certifiques, o bien que se certifiquen y no se envíen, registrando igualmente los eventos necesarios para un posible requerimiento de la AEAT en cualquier momento. También puedes cambiar entre un sistema u otro según te interese y dependiendo del momento.


Paso a paso en la activación y configuración

Hasta que llegue la fecha obligatoria para la certificación de las facturas, puedes en cualquier momento acogerte al sistema y comenzar en periodo voluntario.

 PRECAUCIÓN: Es un proceso irreversible una vez certifiques la primera factura, por lo que te recomendamos estar seguro de su activación y uso. 

Por tanto, si deseas hacer pruebas y comprobar cómo afecta al proceso de facturación, puedes activar la funcionalidad en una empresa de pruebas:

Si por el contrario, ya deseas acogerte al periodo voluntario y comenzar antes de que sea obligatorio, puedes configurarlo en entorno real:

Incluso, puedes preconfigurar la activación para una fecha futura, permitiéndote tener todo preparado, configurado y listo para dicha fecha:

Para que todo sea lo más claro posible, tienes a tu disposición todo el proceso de activación, configuración y primeros pasos en un breve vídeo explicativo:

Necesitarás un certificado digital para el proceso, por lo que tienes a tu disposición el siguiente enlace para ayudarte a configurarlo:


¿Y cómo es el proceso de certificación de las facturas?

Una vez configurada la empresa, ya sea en pruebas o en real, al emitir y contabilizar facturas de venta siempre se certificarán pero el proceso completo dependerá de si escogiste la opción de enviar las facturas automáticamente a la AEAT (sistema VERI*FACTU) o no enviarlas y registrar los eventos a la espera de un posible requerimiento (sistema NO VERI*FACTU):


¿Qué cambios existen ahora al certificar facturas?

El principal cambio afecta a la obligatoriedad de certificar las facturas en el momento y fecha de su emisión, por lo que en este enlace te aclaramos más al respecto:

Por otro lado, las facturas certificadas son inalterables según la normativa, por lo que no pueden modificarse o eliminarse, por lo que el proceso para poder modificar una factura certificada varía según el caso:

Otro de los cambios destacados en las facturas certificadas, es la inclusión de determinados elementos obligatorios en la impresión de los documentos (como son determinados textos del estado de la factura, del tipo de sistema, el Código QR, código tributario, etc.)


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