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VERI*FACTU - Obligatoriedad de emitir facturas con fecha y hora igual a la fecha del sistema

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Summary

En este artículo te aclaramos ciertos aspectos sobre la fecha y hora de expedición de las facturas de venta certificadas con VERI*FACTU, dado que con la entrada en vigor de esta normativa no es posible modificar la fecha de expedición de las facturas a una fecha anterior o posterior de la fecha del sistema.

Resolution

Según la normativa, se indica que tanto la fecha como la hora de emisión y certificación de las facturas ha de ser la de momento de su realización, por lo que la aplicación no permite emitir las facturas para su certificación y envío, con una fecha anterior o posterior a la fecha del sistema:

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 NOTA: Deben expedirse antes del día 16 del mes siguiente, lo que no quiere decir que la fecha de emisión pueda ser diferente a la del día y hora en la que se realizan sino que, si la fecha de operación es de un periodo anterior, se podrá emitir hasta el día 16 del mes siguiente, ya que la operación es la que marca el devengo. 


Fecha de operación es igual a la Fecha de expedición

A modo aclaratorio sobre los plazos e información que se indica, si la Fecha de operación es igual a la Fecha de expedición, la fecha de operación en este caso es opcional aunque Sage la comunica, siendo la fecha de liquidación igual a ambas.

Ejemplo:

  • Realizamos una venta el día 17-04-2024 a las 12:37:55
  • En ese momento se emite la factura, por lo que la hora pasa a ser parte de la identificación de la factura y no es modificable.
  • Por tanto:
    • Fecha de expedición = 17-04-2024
    • Fecha de operación = 17-04-2024 (opcional)
    • Hora de expedición = 12.37.55
    • Periodo de liquidación = 04 (Abril)

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Fecha de operación sea anterior a la Fecha de expedición dentro del mismo mes

En el caso de que la Fecha de operación sea anterior a la Fecha de expedición dentro del mismo mes, la fecha de operación es obligatoria y marca el devengo (Fecha de liquidación por tanto será igual a la de operación)

Ejemplo:

  • El día 17-04-2024 se realiza una entrega de mercancía pero no se emite la factura, por lo que la hora pasa a ser irrelevante.
  • En este caso, la factura se podrá emitir hasta el día 15 (inclusive), por ejemplo se emite el día 25-04-2024 a las 10:00:33, por lo que los datos identificativos de la factura serán los siguientes:
    • Fecha de expedición = 25-04-2024
    • Hora de expedición = 10.00.33
    • Fecha de operación = 17-04-2024
    • Periodo de liquidación = 04 (Abril)

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Fecha de operación es anterior a la Fecha de expedición pero en meses diferentes

Por otro lado, si la Fecha de operación es anterior a la Fecha de expedición pero en meses diferentes, dicha fecha de operación es obligatoria y marca igualmente el devengo ya que se liquida en el mes o periodo de la fecha de operación (Fecha de liquidación = Fecha de operación).

Ejemplo:

  • El día 27-04-2024 a las 16:30:30 se realiza la operación de venta pero no se factura, por lo que la hora no es relevante.
  • La factura podrá emitirse hasta el día 15 (inclusive), por ejemplo se emite el día 10-05-2024 a las 10:00:33, resultando la identificación de estos datos en la factura los siguientes:
    • Fecha de expedición = 10-05-2024
    • Hora de expedición = 10.00.33
    • Fecha de operación = 17-04-2024
    • Periodo de liquidación = 04 (Abril)

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Fecha de operación es mayor a la Fecha de expedición dentro del mismo mes

En situaciones de Tracto sucesivo y Certificaciones de obra pública cuyo destinatario es la Administración, de encontrarnos con que la Fecha de operación es mayor a la Fecha de expedición dentro del mismo mes, en cuyo caso la fecha de operación será obligatoria e igualmente marcará el devengo o Fecha de liquidación, siendo esta igual a la fecha de operación y liquidándose en ese mes o periodo.

Ejemplo:

  • El día 17-04-2024 se realiza una operación contractual de "Tracto sucesivo" a las 16:30:30 horas, que se incluye en una factura.
  • En este momento se hace la factura por lo que la hora pasa a formar parte de la identificación de ésta, no siendo datos modificables.
  • La factura se emite en el momento (el día 17-04-2024 a las 16:30:30 pero la operación no se va a producir hasta el 25-04-2024, por lo que la identificación de esa factura será:
    • Fecha de expedición = 17-04-2024
    • Hora de expedición = 16.30.30
    • Fecha de operación = 25-04-2024
    • Periodo de liquidación = 04 (Abril)

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Fecha de operación sea mayor que la Fecha de expedición pero en meses diferentes

Por último, en esas situaciones de Tracto sucesivo o Certificaciones de obra pública cuyo destinatario es la Administración, es posible que la Fecha de operación sea mayor que la Fecha de expedición pero en meses diferentes, por lo que del mismo modo la fecha de operación será obligatoria y marcará el devengo o Fecha de liquidación.

La fecha de liquidación por tanto, será igual a la fecha de operación, liquidándose en el mes o periodo de la dicha fecha de operación.

Ejemplo:

  • El día 17-04-2024 se realiza una operación contractual de Tracto Sucesivo a las 10:00:33, que se incluye en una factura.
  • En ese momento se realiza la factura, por lo que la hora pasa a ser parte de la identificación de factura (datos no modificables).
  • La factura se emite en el momento, ese día 17-04-2024 a las 10:00:33, pero la operación no se va a producir hasta el 25-08-2024, resultando los datos los siguientes:
    • Fecha de expedición = 17-04-2024
    • Hora de expedición = 10.00.33
    • Fecha de operación = 25-08-2024
    • Periodo de liquidación = 08 (Agosto)

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