Casillas 01, 02 y 03: IVA Devengado – Primer IVA
Casillas 04, 05 y 06: IVA Devengado – Segundo IVA
Casillas 07, 08 y 09: IVA Devengado – Tercer IVA
Casillas 150, 151, 152: IVA Devengado - Cuarto IVA - En este apartado se deben indicar el o los tipos de IVA que se utilizarán para aquellos movimientos sujetos al 0 %.
Casillas 10 y 11: IVA Devengado – Adquisiciones Intracomunitarias de bienes y servicios
Casillas 12 y 13: Otras operaciones con Inversión del Sujeto Pasivo para bienes de inversión
Casillas 12 y 13: Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo (excepto Adq.intracom)
Casillas 14 y 15: Modificación Bases y Cuotas
Se acumularán en modificaciones de bases y cuotas durante el 4T y posteriores declaraciones para estos tipos de IVA.
Casillas 16 a 24: Recargo equivalencia
Casillas 28 y 29: IVA Deducible por cuotas soportadas en las operaciones interiores corrientes.
Casillas 30 y 31: IVA Deducible por cuotas soportadas en las operaciones interiores con bienes de inversión
Casillas 32 y 33: IVA Deducible por cuotas satisfechas en las importaciones de bienes corrientes: (Clasificación tercero Extracomunitario)
Casillas 34 y 35: IVA Deducible por cuotas satisfechas en las importaciones de bienes de inversión: (Clasificación tercero Extracomunitario)
Casillas 36 y 37: IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes corrientes: (Clasificación Comunitario)
Casillas 38 y 39: IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión: (casillas 38 y 39) (Clasificación Comunitario)
Casilla 77 y se suma además en las casillas 32 y 33: IVA Deducible por cuotas satisfechas en las importaciones liquidado por la Aduana pdte. de ingreso
Casilla 77 y se suma además en las casillas 34 y 35: IVA Deducible cuotas satisfechas en las import. de bienes de inv. liquidado por Aduana pdte. de ingreso
Casillas 40 y 41: Rectificación de deducciones
Casilla 59: Entregas intracomunitarias de bienes y servicios
Casilla 60: Operaciones asimiladas
Casilla 120: Operaciones no sujetas por reglas de localización. Se acumulan en este apartado las operaciones no sujetas, es decir, los códigos de IVA configurados en el apartado de "Operaciones no sujetas" de la configuración de modelos. Se incluirán además las operaciones con el tipo de operación "IVA destino" seleccionado en asientos.
Casilla 122: Operaciones sujetas con ISP: Se acumulan las operaciones de venta de ISP, es decir, las realizadas con los códigos de IVA configurados en el apartado de "Operaciones de inversión de sujeto pasivo en ventas"
Casilla 123: Operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única. Se acumulan los registros con los siguientes tipos de operación marcados en el asiento (y no generan registro de IVA, tanto si tienen la marca de servicio como si no):
Operaciones en el Régimen de la Unión - OSS servicio no sujeto
Operaciones en el Régimen de la Unión - OSS bien no sujeto
Operaciones en el Régimen Exterior de la Unión - OSS servicio no sujeto
Ventas a distancia de bienes importados de escaso valor bien no sujeto
Casilla 124: Operaciones sujetas y acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única. Se acumulan los registros con los siguientes tipos de operación seleccionados en el asiento (que sí generan registro de IVA, es decir, operaciones sujetas):
Operaciones en el Régimen de Unión - OSS servicio sujeto
Operaciones en el Régimen de la Unión - OSS bien sujeto
Operaciones en el Régimen Exterior de la Unión - OSS servicio sujeto
Ventas a distancia de bienes importados de escaso valor bien sujeto
Existe también un apartado en la configuración del Modelo 303 denominado Tipos de IVA excluidos, que excluyen todas las operaciones realizadas con los tipos de IVA aquí indicados de la acumulación al Modelo, por tanto, todos los tipos de IVA asociados a ese tipo de operación, no se reflejarán en el Modelo 303.