En Sage 50 tenemos que tener en cuenta que para la contabilización de los asientos de Facturas Recibidas de Importación de Bienes y Transitario/DUA hemos de tener distintos Tipos de IVA para cada asiento. - Tipo de IVA a utilizar a la receptción de la factura de compra del proveedor extranjero - Tipo de IVA a utilizar en el asiento del transitario. - Tipo de IVA para el asiento del DUA. Tipo de IVA a utilizar a la recepción de la factura de compra del proveedor extranjero Este tipo de IVA se deberá utilizar al registrar en la aplicación la factura de compra de bienes del proveedor extracomunitario y tendrá las siguientes características: Tipo de IVA al 0% con la marca "No generar registro de IVA". Este tipo de IVA lo configuraremos en la configuración del modelo 303/390/SII en el Tipos de IVA excluidos (SII) Tipo de IVA a utilizar en el asiento del transitario Este tipo de IVA será el tipo IVA que utilicemos para las operaciones nacionales al % de IVA correspondiente. Si es servicio que nos presta el transitario es por ejemplo al 21% de IVA utilizaremos el tipo de IVA que tengamos configurado al 21% para operaciones nacionales, por ejemplo: Este tipo de IVA lo tendremos configurado en el modelo 303/390/SII en el apartado de IVA deducible por cuotas soportadas de las operaciones interiores corrientes: Tipo de IVA para el asiento del DUA Este tipo de IVA tendremos que configurarlo al % que corresponda, y será el tipo de IVA que utilicemos en el registro de la factura del DUA, por ejemplo: Este tipo de IVA habrá que añadirlo en la configuración del modelo 303/390/SII en el apartado que corresponda a las Importaciones, dependiendo de en qué casillas se quiera declarar habrá que añadir el tipo de IVA en un apartado u otro, según se opte por la opción de diferimiento de IVA en la importación o no: Casillas 32-33 : IVA deducible por cuotas satisfechas en las importaciones de bienes corrientes. Casillas 34-35: IVA deducible por coutas satisfechas en las importaciones de bienes de inversión. Casilla 77 y casilla 32-33: IVA deducible por cuotas satisfechas en las importaciones liquidado por la aduana pdte de ingreso. (IVA Diferido) Casilla 77 y casilla 34-35: IVA deducible coutas satisfechas en las import. de bienes de inv. liquidado por aduana pdte. ingreso (IVA Diferido) Si por ejemplo queremos declarar esa operación en la casilla 32-33 nada mas añadiremos ese tipo de IVA, según las indicaciones indicadas en el punto anterior en el siguiente apartado: De forma general estos serían los tipos de IVA que se utilizan en los asientos que intervien en la contabilización de facturas de importación de bienes, transitario/DUA. Para ver cómo se contabilizan estos asientos de forma semiautomática en la aplicación accede al artículo Cómo contabilizar Facturas Recibidas de Importación de Bienes, Transitario/DUA que aparece en Recursos relacionados en la parte informerior de este post. * Recuerda: El contenido de la ayuda está realizado en base a la gama superior, por lo que dependiendo de la licencia adquirida es posible que algunas de las funciones presentadas no estén habilitadas. |