Empleado PFNR con IT
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El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, añadió la Disposición Adicional 52ª a la Ley General de Seguridad Social en la que se regula la Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas no remuneradas, cuya inclusión entró en vigor el 1 de enero de 2024.

Las instrucciones técnicas relacionadas con los cambios de afiliación, cotización, IT... están disponibles en el BNR 9/2023 del 6 de julio y BNR 13/2023 de 17 de octubre, y en este artículo tienes más información acerca de sus características principales y cómo informarlo en el programa.

RECOMENDACIONES Y PASOS A SEGUIR PARA LA GESTIÓN DE ALUMNOS CON PRÁCTICAS FORMATIVAS NO REMUNERADAS (PFNR):

Como consecuencia de que pueden existir situaciones de alta con obligación de cotizar para los empleados de programas de formación, prácticas formativas remuneradas (PFR) y prácticas formativas no remuneradas (PFNR) en periodos coincidentes con las prácticas, por ejemplo el alumno está dado de alta un periodo en otra empresa como trabajador del régimen general a la vez que está dado de alta como alumno de prácticas en tu empresa, recomendamos para este tipo de empleados (alumnos) estos pasos a seguir:

1. Comunicar las altas/bajas en afiliación de la persona que realiza las prácticas formativas al inicio y finalización de las prácticas.

Dispones de este artículos sobre como dar de alta alumnos de prácticas formativas no remuneradas PFNR PINCHA AQUÍ

2. En caso de alumnos prácticas no remuneradas, comunicar los días de prácticas realizados o previstos mediante la acción MDP.

Dispones de estos artículos sobre la forma de informar los días de prácticas no remuneradas de forma masiva PINCHA AQUÍ y como mecanizar los días de prácticas no remuneradas PFNR mediente la acción MDP PINCHA AQUÍ

3. Consultar si existen tramos superpuestos por lo que no debe existir cotización en el CCC de prácticas.

Antes de calcular, la entidad o el centro formativo puede conocer los días por los que debe cotizar si existen tramos superpuestos en la 
nueva opción +PL, en la funcionalidad de la oficina virtual Consulta de la Situación Actual de estos afiliados. A través del IDC/PL-CCC “DÍAS EFECTIVOS DE COTIZACIÓN” también se pueden consultar los días por los que corresponde cotizar para cada tramo. Se muestra el cálculo automático de la TGSS teniendo en cuenta el número de días comunicados y la inclusión de la situación de alta en CCC con TRL 993 en el ámbito de aplicación de la DA 52 LGSS.

4. En caso de existir tramos superpuestos por los que no hay que cotizar en el CCC de prácticas.

Añadir esos periodos excluidos de cotizar en el CCC de prácticas en la opción de la aplicación Periodos excluidos - Alum.Prác. , disponible desde la versión 2024.80.000, en este artículo dispones de información sobre como añadir dichos periodos en la aplicación PINCHA AQUÍ

5. Cálculo de la nómina y gestión de la liquidación.

6. En caso de existir discrepancias de cálculo o no obtener ningún documento borrador (DCL) para el cálculo de la liquidación del CCC de prácticas.

Deberás volver a consultar los tramos superpuestos y los días de cotización efectiva utilizando las mismas opciones ( opción +PL, en la funcionalidad de la oficina virtual Consulta de la Situación Actual de estos afiliados o a través del IDC/PL-CCC “DÍAS EFECTIVOS DE COTIZACIÓN )  porque pueden haberse producido cambios desde que se consultó la primera vez. 


¿QUE TIPOS DE IT SE PUEDEN INFORMAR A ALUMNOS DE PRÁCTICAS NO REMUNERADAS?

Las IT que se contemplan para los empleados formativos no remunerados (PFNR) son las siguientes: 

  • Situación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales (accidente o enfermedad profesional): cuya prestación se abonará por la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen aquellos, o, en su caso, por el centro de formación responsable de la oferta formativa, mediante pago delegado. 
  • Nacimiento y cuidado del menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural: cuya prestación se abonará por la entidad gestora o, en su caso, por la mutua colaboradora, mediante pago directo de la misma. 

Es decir, en los empleados PFNR no se contemplan las IT por enfermedad común, por lo que no deberás informarla en el programa.

Las empresas recibirán a través del FIE la información de los partes de baja /alta / confirmación de estos trabajadores. Se deberá remitir el parte de datos económicos a través del fichero FDI y en el caso de IT por accidente de trabajo, se deberá generar el correspondiente fichero a delt@.


CÁLCULO DE LA BASE REGULADORA DE LA IT ACCIDENTE PARA ALUMNOS PFNR

El cálculo de la prestación de incapacidad temporal por contingencias profesionales en régimen de pago delegado se practicará conforme a las reglas generales aplicables a los trabajadores con contrato a tiempo completo. En concreto, el cálculo de la base reguladora será el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de inicio de la IT por el número de días de alta en dicho mes (NUNCA por el número de días de prácticas realizadas en dicho mes). 

En el caso de que el alumno cause alta en la empresa en el mismo mes en que se inicie la IT, se tomará para el cálculo de la base reguladora la base de cotización de ese mes dividida por los días de alta. También se tomará como divisor los días efectivamente de alta, cuando el alumno no haya permanecido en alta durante todo el mes natural anterior a la IT.

RECUERDA que, este cálculo de base reguladora es para el cálculo del pago delegado por accidente. La cotización siempre será el mínimo de la tarifa 8 (44,10 para ejercicio 2024). 


PRESTACIÓN vs COTIZACIÓN IT ACCIDENTE EN ALUMNOS PFNR

La prestación se pagará por todos los días que el trabajador permanezca de IT, coincidan o no con un día de prácticas. Pero la base de cotización del periodo de IT se realizará sólo por días de IT coincidentes con los días de prácticas indicados en el calendario.

En este sentido, si un trabajador estuviese de IT por accidente todo el mes y en ese mes sólo le hubiese correspondido realizar un día de práctica, pagaría prestación por todos los días, pero sólo tomaría para la base de cotización de un día.


IT ACCIDENTE SIN PERIODOS EXCLUIDOS A LA COTIZACIÓN EN ALUMNOS PFNR

Caso práctico de empleado prácticas formativas no remuneradas PFNR que en el mes de junio 2024 cotizó a razón del mínimo establecido de 19 días de prácticas comunicadas, es decir, 837,9€ ( según base mínima de cotización del grupo de cotización 8 ,que es 44,10, para ejercicio 2024 por el número de días de prácticas formativas realizadas en el mes en este caso 19). No tiene ningún periodo excluido a la cotización. 

En el mes de julio se le han comunicado 10 días de prácticas:

Causa baja por Tipo IT de Accidente de trabajo del 10 al 20 de julio. Ten en cuenta el cálculo anterior del mes de junios para el cálculo de la Precio día de CC y Precio día ACC (BR) de Cotización y Prestación de la IT de accidente:

  • Base reguladora cotización: 44,10€ ,mínimo diario de la tarifa 8 para el ejercicio 2024.
  • Base reguladora prestación: 27,93€ ,resultado de dividir la base del mes anterior por el número de días naturales de alta en el mes anterior, es decir, 837,9€ / 30 días junio.

El cálculo de la nómina de julio 2024 queda de la siguiente manera:

IT de Accidente de 10 al 20 (11 días), pero al ser un accidente el primer día se considera trabajado, por tanto la prestación se abona por 10 días del 11 al 20 (Base reguladora prestación 27,93€x 75% x 10= 209,48).

Si en la nómina por pantalla accedes a Procesos - Modificar Bases podrás comprobar las bases de cotización. 

Por los Periodos IT (días), como se ha comentado, las bases de cotización del periodo de IT se realizará sólo por días de IT coincidentes con los días de prácticas indicados en el calendario, en este ejemplo la IT de accidente va del 10 al 20, pero al ser accidente el primer día corre a cargo de la empresa por lo que el cálculo será según los días de prácticas seleccionadas en el calendario del periodo de IT por el importe de la base reguladora de cotización de la IT , ejemplo los días de prácticas 15 y 17 (días de prácticas en periodo it Accidente) por 44,10€ (mínimo grupo 8 para ejercicio 2024) da como resultado 88,20. 

Por los Días trabajados, las bases de cotización se realizará según los días de prácticas informados que han sido trabajados, en este ejemplo 8 días (1, 3, 8, 10 primer día de la IT de accidente que corre a cargo de la empresa, 22, 24, 29 y 31) por la base mínima de cotización del grupo de cotización 8 ,que es 44,10€ para ejercicio 2024 dando como resultado 8x44,10= 352,80.

Por tanto, en el ejemplo el importe total de bases de cotización que aparece en nómina será la suma de ambas situaciones, en el ejemplo 441€, que coincide con el cálculo de los días de prácticas informados en el calendario de prácticas del mes, en el ejemplo 10, por la base mínima de cotización del grupo de cotización 8 ,que es 44,10€ para ejercicio 2024.

El cálculo de la cotización de julio se realiza por tanto a razón de 10 días, de los cuales 8 días corresponden a días de prácticas realizados (trabajados) y 2 días a días de practicas previstos en los que el empleado está de IT por accidente de trabajo. Puede verlo en el Detalle del cálculo de la nómina , si dispones de esta opción, en Bases de cotización.

Verás que los días que asocia las bases de cotización, no son los días de prácticas informados, esto de debe a la modificación de cálculos incluida en la versión 2024.80.000.

Para ver como quedarían los costes por tramos a través del informe Resumen de Costes SLD por tramos accederás si trabajas con Sage 200 a Nómina - Seguridad social - Sistema liquidación Directa - Informe resumen Costes SLD y si trabajas con Sage Despachos Connected a Seguridad social - Sistema liquidación Directa - Resumen Costes SLD.

Verás el tramo del 1 al 10, tramo de activo(trabajo) donde aparece, en este caso, en bases de cotización todo el importe de los días de activo del mes ya que en el mes tiene 8 días de prácticas de trabajo y como el tramo es del 1 al 10, se añade toda la base de cotización de los 8 días en el mismo. En este ejemplo son 8 días de prácticas de trabajo (1, 3, 8, 10 primer día de la IT de accidente que corre a cargo de la empresa, 22, 24, 29 y 31) por la base mínima de cotización del grupo de cotización 8 ,que es 44,10€ para ejercicio 2024, dando como resultado 8x44,10= 352,80. 

Tramo del 11 al 20, tramo de IT Accidente aparece como se ha comentado, las bases de cotización del periodo de IT se realizará sólo por días de IT coincidentes con los días de prácticas indicados en el calendario, en este ejemplo la IT de accidente va del 10 al 20, pero al ser accidente el primer día corre a cargo de la empresa por lo que el cálculo será según los días de prácticas seleccionadas en el calendario del periodo de IT por el importe de la base reguladora de cotización de la IT , ejemplo los días de prácticas 15 y 17 (días de prácticas en periodo it Accidente) por 44,10€ (mínimo grupo 8 para ejercicio 2024) da como resultado 88,20. Como la IT de Accidente es del 10 al 20 (11 días), pero al ser un accidente el primer día se considera trabajado, por tanto la prestación se abona por 10 días del 11 al 20 (Base reguladora prestación 27,93€x 75% x 10= 209,48), es decir por los días naturales. 

Tramo del 21 al 31, no se genera el tramo ya que todos los días de practicas de trabajo, efectivos, se han imputado ya al primer tramo de activo o trabajo del 1 al 10. 

Este cálculo que aplica desde enero 2024, se incluyó en la aplicación en la versión 2024.80.000.

Importante: Para poder aplicar estas normas sobre nóminas ya calculadas anteriores a julio de 2024 deberán recalcularse aquellos alumnos que realicen prácticas formativas no remuneradas, tanto si se ven afectadas por el reparto de días por existir periodos superpuestos por los que se tenga exlusisón a la cotización en el mes en el CCC prácticas estándo actualizado a la versión 2024.80.000 o superior.

RECUERDA que es importante que antes de calcular la nómina (con o sin IT), tengas el calendario de prácticas no remuneradas creado y con días de prácticas indicados, informados tanto los días de activ como los previstos. 

La presentación de la liquidación de cuotas y el ingreso de las cuotas se efectuará durante el mes siguiente a la finalización de cada trimestre natural (el ingreso de las cuotas correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo se liquidarán en el mes de abril; las cuotas de abril, mayo y junio, en el mes de julio; las cuotas de julio, agosto y septiembre, en el mes de octubre; y las cuotas de octubre, noviembre y diciembre en el mes de enero).

Al tratarse de personas por las que hay liquidar las cuotas de la Seguridad Social la liquidación se iniciará:

- Mediante la remisión del Fichero de Solicitud de Borrador SLD, de forma general si no existe ninguna persona en situación de IT por AT y EP, generando el fichero de solicitud de borrador en los meses que corresponda marzo, junio, septiembre o diciembre.

- Mediante el envío del Fichero de Bases SLD, trimestral seleccionando el mes que corresponda en el proceso, en el ejemplo marzo,  en el supuesto de que exista alguna persona en situación de IT por AT y EP en ese trimeste, incorporando, exclusivamente, el importe correspondiente a la prestación abonada en régimen de pago delegado en situaciones de Incapacidad Temporal causada por accidente de trabajo o enfermedad profesional apareciendo en el fichero de bases del trimestre sólo el tramo de la IT accidente con concepto económico 663  Compensación de IT por Accidentes de trabajo con el importe de la prestación del pago delegado. El resto de alumnos, que NO estuvieran en situación de IT, y que NO se deben enviar en el Fichero de Bases, se calcularán de forma automática sin necesidad de enviar la solicitud de borrador. La solicitud de cálculo de la liquidación debe de realizarse mediante la solicitud de borrador cuando ningún trabajador de  programas de formación de prácticas no remuneradas PFNR de la cuenta de cotización CCC este en situación de IT de AT y EP para iniciar la liquidación L00. 

En este ejemplo aparecerá por tanto sólo el tramo del 11 al 20 con el importe de la prestación IT Accidente que corresponde al mismo.  


NOTA: Relacionado con este tema si te aparece el mensaje R9502 Dato proporcionado no requerido o erróneo en trabajadores de programas de formación con prácticas no remuneradas dispones de esta artículo PINCHA AQUÍ


IT ACCIDENTE CON PERIODOS EXCLUIDOS A LA COTIZACIÓN EN ALUMNOS PFNR

Para saber más sobre el cálculo de nómina y costes de alumnos de prácticas no remuneradas (PFNR) con periodos excluidos de cotización dispones de este artículo PINCHA AQUÍ

Caso práctico con empleado de prácticas formativas no remuneradas (PFNR) dado de alta en centro de cotización de prácticas no remuneradas, con contrato 999.900, con grupo de tarifa 8, y tiene derecho a una reducción del 95% de las cuotas de contingencias comunes reflejada en Seguros Sociales en la pestaña Bonificaciones/Reducciones, tiene añadidos 7 días de prácticas no remuneradas (1, 8, 10, 15, 22, 29) en el calendario de Prácticas No Remuneradas, con IT Accidente desde el 30/06 con base reguladora de cotización 44,10 (mínimo diario de grupo de tarifa 8 para ejercicio 2024) y base reguladora de prestación 36,987097  (Base mes anterior al incio IT Accidente mayo entre los días naturales 1146,60/31) y un periodo excluido informado en la aplicación desde el 15/07 al 25/07,  al que vamos a calcular la nómina del mes de Julio. Para saber más sobre como dar de alta alumno de prácticas formativas no remuneradas PINCHA AQUÍ.





En la nómina calculada, recuerda que es necesario su cálculo para poder generar el fichero de afiliación de los días de prácticas, para el mes de Julio:

- En devengos aparece la prestación por pago delegado del 75% por la situación de IT Accidente, que sería 20 días (días naturales de tramos no excluidos 14 del 1 al 14 y 6 del 26 al 31) x Base reguladora de prestación 36,987097 (Base mes anterior al incio IT Accidente mayo entre los días naturales 1146,60/31) x 75%= 554,81. 

- Las bases de cotización mensual como regla general en los empleados de PFNR será el resultado de multiplicar la base mínima del grupo de cotización 8, por el número de prácticas formativas realizadas en el mes, recuerda que el importe máximo que se puede cotizar por estos empleados es la base mínima mensual del grupo de tarifa 7. 

En el ejemplo serían 7 días de prácticas por 44,10 (44,10 Base reguladora de cotización (Precio dia IT mínimo diario de grupo de tarifa 8 para ejercicio 2024) dando como resultado 308,7. 

Para ver como quedarían los costes por tramos a través del informe Resumen de Costes SLD por tramos accederás si trabajas con Sage 200 a Nómina - Seguridad social - Sistema liquidación Directa - Informe resumen Costes SLD y si trabajas con Sage Despachos Connected a Seguridad social - Sistema liquidación Directa - Resumen Costes SLD.

En el informe no aparecerá el tramo del periodo de exclusión a la cotización, en ejemplo 15 al 25,  repartiendo los días de prácticas del mes, 7 en el ejemplo, entre los tramos sin exclusión, por eso del 1/07 a 14/07 cotiza por 7 días por 44,10 (Base reguladora de cotización de IT Accidente) = 308,70 y la prestación se calcula por esos días del periodo 14 x 36,987097 (Base reguladora de prestación IT Accidente) x 75%= 388,36 y en el siguiente tramo sin exclusión del 26/07 al 31 31/07 no cotiza por nada y no aparecen bases ya que se se ha cotizado por los 7 días de prácticas previstos en el mes en el primer tamo sin exclusión (del 1 al 14), aunque si aparece el tramo del 26 al 31 porque se cobra la prestación de IT accidente por días naturales (menos los del periodo de exclusión) siendo por esos días 6 x 36,987097 (Base reguladora de prestación IT Accidente) x 75%= 166,44. 

Una vez calculada la nómina, ya podrás enviar la mecanización de días de prácticas mediante fichero AFI con acción MDP (tienes más información del proceso aquí) y enviar el fichero borrador a SILTRA. que para PFNR es trimestral.

Recuerda que para los alumnos de prácticas no remuneradas PFNR la cotización se iniciará:

- Mediante la remisión del Fichero de Solicitud de Borrador SLD, de forma general si no existe ninguna persona en situación de IT Accidente (por AT y EP), generando el fichero de solicitud de borrador en los meses que corresponda marzo, junio, septiembre o diciembre.

- Mediante el envío del Fichero de Bases SLD, trimestral seleccionando el mes que corresponda en el proceso, en el ejemplo sería en septiembre,  en el supuesto de que exista alguna persona en situación de IT por AT y EP en ese trimeste, como este ejemplo, incorporando, exclusivamente, el importe correspondiente a la prestación abonada en régimen de pago delegado en situaciones de Incapacidad Temporal causada por accidente de trabajo o enfermedad profesional apareciendo en el fichero de bases del trimestre sólo los tramos de la IT accidente con concepto económico 663  Compensación de IT por Accidentes de trabajo con el importe de la prestación del pago delegado. El resto de alumnos, que NO estuvieran en situación de IT, y que NO se deben enviar en el Fichero de Bases, se calcularán de forma automática sin necesidad de enviar la solicitud de borrador. La solicitud de cálculo de la liquidación debe de realizarse mediante la solicitud de borrador cuando ningún trabajador de  programas de formación de prácticas no remuneradas PFNR de la cuenta de cotización CCC este en situación de IT de AT y EP para iniciar la liquidación L00. 

En este ejemplo aparecerá por tanto los tramos 1 al 14  y 26 al 31 con el importe de la prestación IT Accidente que corresponde a cada uno de ellos. 

Importante: Para poder aplicar estas normas sobre nóminas ya calculadas anteriores a julio de 2024 deberán recalcularse tanto para aquellos que realicen prácticas formativas remuneradas como no remuneradas, tanto si se ven afectadas por el nuevo reparto de días por existir periodos superpuestos en el mes como si existe alguna ruptura que implique dicho cambio estándo actualizado a la versión 2024.80.000 o superior.


NOTA: Para saber más sobre sobre los empleados de formación, de prácticas formativas remuneradas PFR y de prácticas formativas no remuneradas PFNR dispones de este listado de artículos PINCHA AQUÍ


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