Interpretación incidencias SILTRA: R9582 - Datos solicitados obligatorios no informados. Tipo de dato H Código 01
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Cause
Resolution

El error de validación R9582 - Datos solicitados obligatorios no informados Tipo de dato H Código 01 viene determinado porque se ha enviado información en el fichero de bases con datos distintos a los que les consta a la Seguridad Social.

 

¿POR QUÉ SE PRODUCE ESTE ERROR?

Seguridad Social espera que se envíe en el fichero de bases el código 01 - tipo de dato H, y no está recibiendo esa información o bien se está remitiendo otro dato (lo que provocaría que diese el error R9502 - Dato proporcionado no requerido o erróneo).

Para identificar a qué dato corresponde cada uno de esos códigos, es necesario consultar el Manual del Sistema de Liquidación Directa donde se especifica en la página 86:

  • CÓDIGO 01 - H: número de horas de contrato a tiempo parcial o reducción de jornada.  Este dato no se permite para TRL de bases o cuotas fijas.  

NOTA:

Debes tener tener en cuenta que el tipo de dato H, código 01 no solo hace referencia al número de horas realizadas en un contrato a tiempo parcial o con reducción de jornada sino que también aparece en los trabajadores con contrato fijo discontinuo a tiempo completo, siendo el máximo de 8h/diarias.

 

 

¿CÓMO LO SOLVENTO?

En primer lugar deberías solicitar el IDC del empleado para revisar la información y compararla con la que tienes añadida en la aplicación.

  • Para saber cómo solicitar IDC dispones de este artículo PINCHA AQUÍ
  • Para saber cómo interpretarlo dispones de este artículo PINCHA AQUÍ.

En el caso de que la información de IDC sea errónea tendrás que ponerte en contacto con la Seguridad Social para que indiquen como debes realizar los cambios para que los datos que les consta a la TGSS sean los correctos.

 

CAUSAS QUE ORIGINAN ESTE ERROR

Puede darse en varias circunstancias este error:

  1. Empleado con contrato a tiempo parcial
  2. Empleado con reducción de jornada por guarda legal.
  3. Empleado con contrato fijo discontinuo a tiempo completo.

 

1- Empleado con contrato a tiempo parcial

Una vez confirmada que la información del IDC del trabajador es correcta, deberás verificar en la ficha del empleado que las horas de trabajo están correctamente informadas.

Para ello:

  1. Accede a la ficha del empleado y entra en el apartado Contratos → Tiempo parcial.

    • En el campo Contrato, selecciona la opción “Tiempo parcial”.
    • Configura correctamente el coeficiente de jornada y los datos del apartado Duración de jornadas.
  2. A continuación, accede al menú superior de Relaciones → Calendario de empleado.

    • Comprueba que existe un calendario creado para el mes correspondiente.
    • Pulsa en el botón “Horas tiempo parcial” (ubicado en la parte central de la pantalla) y verifica que, para ese mes, se muestran correctamente las horas configuradas (horas de trabajo diarias).
  3. Si las horas no aparecen correctamente:

    • Elimina el calendario del mes, pulsando en el aspa roja de eliminar que encontrarás en la parte superior de esta pantalla.
    • Vuelve a crearlo para que se regeneren las horas de forma correcta desde el icono de insertar (hoja blanca) que encontrarás en la parte superior de esta pantalla.

 

 

Para saber más sobre la configuración de trabajadores a tiempo parcial PINCHA AQ.

PRECAUCIÓN:

Una vez modificado lo que corresponda, deberás recalcular la nómina y volver a generar el fichero de bases del trabajador para que no aparezca el error al enviar el fichero de bases.

 

2- Empleado con reducción de jornada por guarda legal

Una vez confirmada que la información del IDC del trabajador es correcta, deberás verificar en la ficha del empleado que las horas de trabajo están correctamente informadas, así como el indicador de guarda legal:

  1. Accede a la ficha del empleado y entra en el apartado Contratos → Tiempo parcial.

    • En el campo Contrato, selecciona la opción “Tiempo parcial” (aunque el empleado tenga indicado un contrato a tiempo completo)
    • Configura correctamente el coeficiente de jornada y los datos del apartado Duración de jornadas.
    • Verifica que en las casillas de guarda legal y jornada reducida (las encontrarás en la parte inferior de esta pantalla) tienes indicado SI.
  2. A continuación, accede al menú superior de Relaciones → Calendario de empleado.

    • Comprueba que existe un calendario creado para el mes correspondiente.
    • Pulsa en el botón “Horas tiempo parcial” (ubicado en la parte central de la pantalla) y verifica que, para ese mes, se muestran correctamente las horas configuradas (horas de trabajo diarias).
  3. Si las horas no aparecen correctamente:

    • Elimina el calendario del mes, pulsando en el aspa roja de eliminar que encontrarás en la parte superior de esta pantalla.
    • Vuelve a crearlo para que se regeneren las horas de forma correcta desde el icono de insertar (hoja blanca) que encontrarás en la parte superior de esta pantalla.

 

PRECAUCIÓN:

Una vez modificado lo que corresponda, deberás recalcular la nómina y volver a generar el fichero de bases del trabajador para que no aparezca el error al enviar el fichero de bases.

 

Dispones de este artículo de ayuda sobre la forma de configurar un empleado con reducción de jornada por guarda legal PINCHA AQUÍ

 

3- Empleado con contrato fijo discontinuo a tiempo completo

Una vez confirmada que la información del IDC del trabajador es correcta, deberás verificar en la ficha del empleado que tienes informado un código de contrato fijo discontinuo a tiempo completo, por ejemplo, el contrato 300 subcódigo 900. Verifica este dato desde la ficha del empleado,  en el apartado Contratos en el campo Contrato 

El contrato 300-900 ya está configurado para que, aunque sea un tiempo completo, aparezcan las horas en el fichero de bases a razón de 5,71 horas/ diarias (40 horas semanales entre 7 días de la semana).

PRECAUCIÓN:

Una vez modificado lo que corresponda, deberás recalcular la nómina y volver a generar el fichero de bases del trabajador para que no aparezca el error al enviar el fichero de bases.

 

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