El Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas al servicio del hogar, incorporó en la disposición adicional primera respecto a estos trabajares, el derecho a una reducción a partir de 1 de octubre 2022, del 20% en la aportación empresarial por contingencias comunes (para saber más sobre esta reducción PINCHA AQUÍ si trabajas con Sage 200 y PINCHA AQUÍ si trabajas con Sage Despachos Connected) así como una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y a FOGASA para este Sistema Especial (para saber más sobre esta bonificación PINCHA AQUÍ si trabajas con Sage 200 y PINCHA AQUÍ si trabajas con Sage Despachos Connected). La misma disposición en su apartado 2, incluía como alternativa a la reducción del 20% en la aportación empresarial por contingencias comunes, el derecho a partir de abril 2023 de una bonificación del 45% o del 30 % por familia numerosa en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes cuando se cumplan los requisitos de patrimonio y/o renta de la unidad familiar o de convivencia de la persona empleadora en los términos y condiciones que se fijen reglamentariamente. El BOE Ley 11/2023, de 8 de mayo modificó la Ley 12/2021, de 27 de mayo, incluyendo un cambio que afecta a la entrada en vigor de esta bonificación en la disposición adicional final undédima que modifica el Real Decreto- Ley, de 6 de septiembre para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar por la que se posponía a la fecha de entrada en vigor, como máximo, al 1 de abril 2024, pero el RD 2/2024 de 21 de Mayo 2024 indicó que la bonificación del 45 o 30% de CC según renta o patrimonio producirá efectos cuando se apruebe el desarrollo reglamentario, sin especificar la fecha máxima en la que debe estar desarrollado el reglamento. La aplicación ya está preparada para aplicar esta bonificación cuando se apruebe su reglamento desde la versión 2023.65.000. Esta bonificación es incompatible con la mencionada en la aportación empresarial por contingencias comunes y con la bonificación del 45% por la contratación de cuidadores en familias numerosas vigente en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2003, de 18 noviembre para la protección de familias numerosas. Esta bonificación 45% familias numerosas según derogatoria única quedaba derogada a partir del 1 de abril de 2023, pero según la disposición transitoria tercera, si se estuviera aplicando a esa fecha, mantendrá su vigencia hasta la fecha de baja de los cuidadores que den derecho a las mismas. Además el BOE Ley 11/2023, de 8 de mayo especificó que esta bonificación derogada será de aplicación también para contrataciones nuevas que se hayan realizado desde el 1 de abril hasta el 10 de mayo de 2023. El RD 2/2024 de 21 de Mayo 2024 indicó que se mantiene el derecho a la aplicación de los beneficios del Sistema Especial de Empleados del Hogar por la contratación de personas cuidadoras en familias numerosas que se estuvieran aplicando a 1 de abril de 2024, hasta la fecha de efectos de la baja de las personas cuidadoras que den derecho a las mismas en el Régimen General de la Seguridad Social hasta que no se produzca el desarrollo reglamentario de los requisitos de renta y patrimonio para la aplicación de la bonificación prevista en la DA1 ª del RDL 16/2022. Por otro lado, se añade al RDL 01/2023 la disposición adicional 3ª bis que permite aplicar los beneficios del Sistema Especial de Empleados del Hogar por la contratación de personas cuidadoras en familias numerosas a las contrataciones que se realicen desde el 1 de abril de 2024, hasta que no se produzca el desarrollo reglamentario de los requisitos de renta y patrimonio para la aplicación de la bonificación prevista en la DA1 ª del RDL 16/2022.(Para saber más sobre esta bonificación PINCHA AQUÍ si trabajas con Sage 200 y PINCHA AQUÍ si trabajas con Sage Despachos Connected). Para poder aplicar la bonificación del 45% o del 30 % en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes (excluida de esta bonificación la cotización adicional de mecanismo de equidad intergeneracional MEI que comenzó en Enero 2023 si el trabajador/a tuviera que aplicarla) , cuando tenga desarrolo reglamentario, en los trabajadores/as nuevos de alta y les corresponda dicha bonificación, deberás acceder a la ficha del empleado/a en Contratos, pestaña Contrato en el botón Beneficios Hogar en el apartado Régimen Hogar. Donde en la pantalla de Beneficios de Hogar se dispone de los apartados Bonif. 45% requisitos Patrimonio y/o Renta y Bonif. 30% requisitos Patrimonio y/o Renta con los campos Fecha Inicio y Fecha Fin, donde indicando la fecha de inicio, a partir de esa fecha informada alta, aplicará la bonificación del 45% o 30% sobre la parte empresarial de la cuota de contingencias comunes (excluida de esta bonificación la cotización adicional de mecanismo de equidad intergeneracional MEI que comenzó en Enero 2023 si el trabajador/a tuviera que aplicarla). Si calculamos nómina del trabajador/a con fecha de alta nueva, veremos que nos aparece aparte de la cotización de contingencias comunes que corresponda de parte trabajador/a según tipos vigentes (incluyendo la cotización adicional de mecanismo de equidad intergeneracional MEI a partir de Enero 2023 si corresponde al trabajador/a), la cotización por desempleo que corresponda según tipos vigentes por parte de trabajador/a. Recordar que los tipos vigentes de desempleo a partir de Enero 2023 son en función del tipo de contrato que se tenga informado indefinido o de duración determinada. Los tipos vigentes los podemos ver, si trabajas con Sage 200 en Utilidades/Configuración - Legales - Seguros sociales - Porcentajes y topes y si trabajas con Sage Despachos Connected en Utilidades-Maestros/ Legales/ SS Porcentajes y topes, dentro del legal que corresponda al periodo de cálculo en la pestaña Hogar en la parte de Porcentajes de cotización. Para ver que estamos aplicando la bonificación del 45% o del 30% de familia numeros según patrimonio y/o renta de la unidad familiar o de convivencia de la persona empleadora en las aportaciones empresariales de contingencias comunes (excluida de esta bonificación la cotización adicional de mecanismo de equidad intergeneracional MEI que comenzó en Enero 2023 si el trabajador/a tuviera que aplicarla) podremos hacerlo en el propio recibo de salario en el campo Bonificaciones/ Retenciones, donde veremos que el importe que aparece será el resultado de base contingencias comunes por 23,6% tipo contingencias comunes parte empresa (sin tener en cuenta el porcentaje MEI parte empresa) por el 45% o 30% según corresponda. En este ejemplo aparte de esta bonificación del 30% de contingencias comunes el campo Bonificaciones/ Reduccciones suma en esa columna también la bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial que será el resultado de Aportación Empresa de Desempleo y Fondo Garantía Salarial por el 80%.
NOTA: Dispones de más artículos de ayuda sobre el régimen del hogar, si trabajas con Sage 200 PINCHA AQUÍ y si trabajas con Sage Despachos Connected PINCHA AQUÍ. |