MODELO 345 - Cómo generar el fichero en Sage 200
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El modelo 345 es un modelo anual informativo, en el que se consignan las aportaciones realizadas por las empresas a planes de pensiones / entidades de previsión social voluntaria (EPSV) a favor de sus empleados.

Recuerda que en aquellas empresas que cotizan a GEROA, el concepto 847 - Cot. Metal P. Vasco (donde se acumula las aportaciones del trabajador a EPSV) se asignará automáticamente en el rendimiento Planes de pensiones C-1. 

Para la presentación del modelo deberás seguir los siguientes pasos:

  • Confirma que tienes dado de alta el modelo 345 en la empresa. Para ello accede a Empresa y en el apartado Datos genéricos / Modelos oficiales.
  • Desde esta misma pantalla podrás visualizar el modelo y/o crearlo en el caso de que no lo tengas para el modelo anual 345 para el territorio que corresponda.

 

  • Recuerda que para la correcta presentación de este modelo, es necesario que tengas informados los datos relativos al plan de pensiones.
  • Podrás informarlo dentro de Nómina / IRPF, en el apartado de Modelo 345 que encontrarás en la parte inferior de la pantalla.

En el caso de que abones en la nómina el concepto de Plan de Pensiones, el concepto deberá estar informado de la siguiente forma en la pestaña Cotización/IRPF/Varios en el apartado Tipo de IRPF:

  • En el campo de Certificado indica Planes de pensiones.
  • En Clave de Plan de Pensiones informa la clave correspondiente.

Recuerda que en empresas que cotizan a GEROA, el concepto interno "847 - Cot. Metal P. Vasco" se asignará automáticamente en el rendimiento Planes de pensiones C-1.

Tienes más información acerca de la forma de crear un concepto de plan de pensiones AQUÍ.

Si tienes que aplicarte reducción de cuotas por la contribuciones empresariales a planes de pensioness / EPSV a Seguridad Social por contingencias comunes , dispones de este artículo de ayuda PINCHA AQUÍ para su configuración. 

Si tu empresa pertenece al Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción y tienes que realizar de forma obligatoria aportaciones mensuales al plan de pensiones de empleo sectorial (PPSC) en nombre de tus trabajadores, dispones de este artículo de ayuda sobre la forma de crear los conceptos PINCHA AQUÍ

Para poder generar correctamente el modelo 345, es necesario que antes accedas a IRPF - Acumulados IRPF, para poder acumular todos esos importes de planes de pensiones abonados en nómina.

Este proceso se tiene que realizar tanto si se tratan de empresas de territorio común, como si se tratan de empresas de País Vasco que cotizan a GEROA. Si no realizas este paso, no se acumularán en el modelo 345 los importes correspondientes a planes de pensiones / EPSV.

Para ello accederás en el módulo de laboral a Nómin - IRPF - Acumulados de IRPF, donde en la pantalla que aparece informarás el Ejercicio y la Empresa

Dentro de Acumulados de IRPF y para la empresa y el ejercicio en cuestión, selecciona en el menú superior la pestaña Procesos - Actualización de acumulados de planes de pensiones - 345, para que la aplicación pueda acumular los importes como Planes de pensiones. 

Recuerda que para que aparezcan todos los importes de las nóminas del ejercicio , estas deben estar calculadas previamente. 

En la pantalla que aparece seleccionarás la empresa y trabajadores de los que quieres acumular los importes de planes de pensiones para que aparezcan luego en el modelo 345. El proceso se puede realizar para varias empresas a la vez. 

Una vez realizado el proceso en Tipo de IRPF de los empleados que hubiesen tenido importes abonados de conceptos en nóminas aparecerá los tipos de plan de pensiones de conceptos configurados y calculados en nómina. 

RECUERDA que en el caso de que hayas realizado modificaciones dentro de acumulados IRPF para los importes de planes de pensiones, al procesar esta opción, se perderán aquellas modificaciones introducidas manualmente en el mantenimiento de acumulados y que puedes incluso insertar manualmente si lo necesitas importes. 

Una vez que has acumulado los importes de planes de pensiones para el modelo 345, ya puedes realizar el modelo.

Para ello deberás accceder a IRPF - Preparación de liquidaciones, informarás el Territorio (Territorio Común, Gipuzkoa o Bizkaia), Periodo, Ejercicio y seleccionarás el modelo.

El proceso que debes seguir para acumular y presentar el modelo, es el mismo que el realizado para el modelo 190, y que podrás consultar AQUÍ.

En la pantalla de Explorador liquidaciones aparecerá la liquidación 345 y al entrar a ella la primera vez  se realizará el proceso de acumulación directamente, apareciendo un mensaje de aviso recordando que revisemos si tenemos rendimientos íntegros de trabajo no superiores a 60.000 € , (que es una novedades del ejercicio 2023) y devoluciones o reintegros por excesos de aportaciones sobre los limites financieros y fiscales (pero solo para sustitutivas del 345).

Pero si quisiéramos eliminarlo y volver acumular el modelo 345 (igual que el modelo 190) accedería a la pestaña Liquidación - Eliminar. 

Se quedaría toda la liquidación a cero y accedería a la pestaña Datos acumulación – Iniciar liquidación/ Acumular para hacer el proceso de acumulación. 

Tras acumular en la parte inferior aparecen tanto las claves que vienen del cálculo de nómina (tras realizar el proceso de acumulación del 345 en los acumulads de IRPF previamente) y los posibles datos añadidos manualmente para dichas claves de planes de pensiones en acumulados de IRPF.

Puedes acceder a la pestaña Procesos - Desglose de perceptores donde en modo lista podemos ver todos los importes para cada empleado para cada una de las de las claves y si quisiéramos entrando en uno de ellos en su clave en la pestaña Modificación – Permitir modificación podríamos modificar datos una vez acumulados.

 

También en Modificación – Cambiar clave, podrías modificar la clave si lo necesitases.

 

 

Todas las modificaciones que se realicen manualmente en el desglose de perceptores no se graban en acumulados de IRPF, es decir, sólo se reflejan en la liquidación del modelo 345.Ppor lo tanto, si después de haber modificado algún dato se elimin el modelo en Liquidación - Eliminar y vuelves a acumular el modelo 345 desde Datos acumulación - Iniciar liquidación/ Acumular, estas modificaciones realizadas se perderían y tomaría denuevo todos los datos reflejados en acumulados de IRPF.

Para revisar datos dispones de un informe en pestaña Impresión - Impresión borrador donde aparecerá un informe de las claves y subclaves de los empleados para el modelo 345. 

 

 

Una vez acumulado el modelo, revisado importes y modificado algún dato en la propia liquidación si lo necesitas, podras generar el modelo 345, primero aceptando el modelo en Liquidación – Aceptar cambios y accediendo a Impresión- Impresión podrás generar el fichero del modelo 345, para enviarlo a la AEAT si se trata de territorio común mediante las opciones de Presentación manual en la AEAT o Presentación Directa en la AEAT.

 

 

 

Importante:  cambio legal para modelos 345 del ejercicio 2023 a presentar a partir de enero 2024

Se introduce la obligación por parte de la empresa de comunicar a la entidad gestora o aseguradora del instrumento de previsión social, que el trabajador no obtiene en el ejercicio rendimientos íntegros del trabajo superiores a 60.000 euros procedentes de la empresa que realiza la contribución, cuestión que determinará la aplicación del coeficiente para el cálculo de la aportación máxima del trabajador.

Para poder informarlo se ha incluido el indicador Rendimientos íntegros del trabajo no superiores a 60.000 € que encontrarás dentro del desglose de perceptores del modelo. Este indicador se mostrará seleccionado por defecto. Deberás desmarcarlo en aquellos perceptores que cumplan con rendimientos superiores a este importe.

Este campo sólo podrá tener contenido en el caso de las subclaves de la clave C gestionadas por la aplicación, y nunca para las subclaves de la clave D.

 

NOTA: Dispones de un listado de artículos relacionados con el Modelo 345 PINCHA AQUÍ y de este artículo PINCHA AQUÍ sobre las novedades del modelo 345 del ejercicio 2024. 

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