Si tu empresa realiza aportaciones a planes de pensiones a favor de los empleados, y deseas abonar en nómina esos importes para poder declararlos posteriormente en el modelo anual 345, deberás realizar la siguiente operativa. - Deberás dar de alta un nuevo concepto con un código entre el 1 y el 499. Para ello, accede a Conceptos de convenio, o bien Conceptos de empresa, si los cambios se van a realizar únicamente para una empresa en cuestión.
- Añade este concepto como "Tipo: normal", indicando además que cotiza a Seguridad Social y código concepto retributivo 0033
- Recuerda además que para poder aplicarte la reduccion por contribución empresarial a los planes de empleo, deberás informar que SI en la casilla de "Contribución plan de empleo" así como la entidad gestora.
- En la casilla de Clave IRPF, en el campo de "Certificado", indica "Planes de pensiones" y en "Clave de Plan de Pensiones" informa la clave y subclave correspondiente.
- Si en tu caso, las contribuciones empresariales al Plan de pensiones tienen naturaleza salarial y están consideradas rendimientos del trabajo, deberás configurarlo como un rendimiento en especie. Tienes más información AQUÍ
Informa este concepto en precios de empleado y/o incidencias, para poder abonarlo en nomina. Para poder declarar estos importes en el modelo 345, deberás seguir las instrucciones que se indican AQUÍ (si trabajas con Sage Despachos Connected) o AQUÍ (si trabajas con Sage 200 Advanced). Recuerda que para que te aparezcan los importes de planes de pensiones en el certificado de retenciones, es necesario que tanto el modelo 190 como el modelo 345 estén acumulados para tu empresa y en estado "preparada para listar" o "listado".
IMPORTANTE: - Aquellas empresas que cotizan a GEROA, el concepto "847 - Cot. Metal P. Vasco" (donde se acumula las aportaciones del trabajador a EPSV) se asignará automáticamente en el rendimiento "Planes de pensiones C-1".
- Si el concepto de plan de pensiones no es un abono salarial al empleado sino unicamente una aportación de la empresa, deberás crear un segundo concepto de retención (que no cotice ni tribute) para poder descontarselo de la nomina al trabajador.
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