Summary
Resolution
A partir del 1 de abril de 2023, se modifica el procedimiento a seguir por parte de las personas trabajadoras, empresas y el propio INSS en cuanto a la comunicación, gestión y control de los partes médicos de IT.
El objetivo principal es simplificar, digitalizar y automatizar la gestión de los partes de IT, eliminando la obligatoriedad de los trabajadores de entregar (físicamente o por vía telemática) los partes de alta/baja/confirmación a la empresa.
¿CÓMO CONOCERÁN ENTONCES LAS EMPRESAS QUÉ EMPLEADOS ESTÁN DE IT Y LA INFORMACIÓN DE ESOS PARTES MÉDICOS?
- A través de los ficheros FIE (para autorizados que trasmiten los datos vía SILTRA) o ficheros FIER (para autorizados que trasmiten los datos a través de SISTEMA RED ONLINE).
- Estos ficheros contienen toda la información correspondiente a los partes médicos de IT (variaciones, subsidios...).
Si necesitas más información acerca de la gestión de los ficheros FIE en el programa, PINCHA AQUÍ si eres de Sage Despachos Connected o PINCHA AQUÍ si eres de Sage 200 Advanced.
¿CÓMO AFECTA ESTE CAMBIO A LAS EMPRESAS?
- Se elimina la obligatoriedad de trabajador de recibir y presentar la copia del parte médico de IT a la empresa
- Se elimina la obligatoriedad de las empresas de transmitir los partes de confirmación y alta al INSS (acciones PC y PA en el fichero FDI).
- Las empresas, una vez reciban el fichero FIE / FIER con toda la información de las IT, comunicarán el parte de baja donde únicamente se incluirán los datos económicos. Estos datos se transmitirán como hasta ahora, a través de un fichero FDI, mediante una nueva acción DE- Datos Económicos. Para saber más de la generación de acción DE - Datos Ecónomicos PINCHA AQUÍ.
- Se incluyen nuevos campos en el fichero FDI para identificar datos tales como puestos de trabajo y funciones del trabajador, junto a la nueva acción de Datos Económicos (DE).
- Existen supuestos y excepciones en los que se deberán seguir enviando partes de baja (PB), alta (PA) y confirmación (PC). Y son:
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- Trabajadores con IT por contingencias profesionales (accidentes de trabajo) cuando la cobertura de este tipo de contingencias sea responsabilidad de una empresa colaboradora por Cont.Profesionales.
- Trabajadores con IT por contingencias comunes cuando la cobertura sea responsabilidad de una empresa excluida de IT por Cont.Comunes
¿CUAL SERÁ ENTONCES EL NUEVO PROCEDIMIENTO A SEGUIR CON ESTE CAMBIO LEGAL?
- El trabajador irá al servicio público de salud (SPS) y en el caso de iniciar, continuar o terminar un proceso de IT, el SPS introducirá el parte de alta (PA), baja (PB) o confirmación (PC) en el sistema.
- El sistema del SPS enviará automáticamente los PA, PB y PC al INSS.
- El INSS, al día siguiente de la recepción de estos partes, comunicará los partes médicos.
- De esta manera, la empresa conocerá diariamente la existencia o variación de partes médicos a través de los ficheros FIE / FIER, al día siguiente de que se produzca la comunicación por parte del SPS al INSS.
PLAZOS DE ENVÍO DE LOS PARTES MÉDICOS:
- El SPS deberá comunicar al INSS la baja médica (o alta o confirmación) con carácter inmediato y como máximo el primer día hábil siguiente a la fecha de baja. Si no se disponen de medios telemáticos para esta comunicación, el plazo máximo será de dos días hábiles desde la baja.
- El INSS comunicará los partes al día siguiente de su recepción.
- La EMPRESA deberá comunicar los Datos Económicos (DE) a través del fichero FDI con carácter inmediato y como máximo dentro de los 3 días hábiles siguientes (contados desde el envío del fichero por parte del INSS a la empresa). En el caso de no comunicarlo dentro de ese plazo,y según artículo 21.4 de la Ley sobre infracciones y Sanciones en el el Orden Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000 de 4 de agosto, será tipificado como una infracción leve.
¿CUANDO ESTARÁN DISPONIBLES ESTOS CAMBIOS?
El INSS ha desarrollado una nueva versión 6.0 de los ficheros FDI y una nueva versión de SILTRA 3.3.0 que se publicó el día 11 de abril de 2023.
Los nuevos partes de baja se pueden realizar a partir del 11/04/2023, fecha de actualización de la nueva versión por parte de TGSS.
A nivel de programa, estos cambios legales se implementaron en la versión 2023.51.000 publicada 12 de abril 2023.
¿QUE PASA SI ENVÍO UN PARTE DE BAJA DE DATOS ECONÓMICOS Y NO HE RECIBIDO LA COMUNICACIÓN A TRAVÉS DEL FICHERO FIE / FIER?
El envío será rechazado si no existe en la base de datos del INSS el parte de baja del SPS.
¿CÓMO PUEDO SABER SI LA IT COMUNICADA EN EL FIE SE CORRESPONDE CON UNO DE LOS SUPUESTOS EN LOS QUE SE DEBEN SEGUIR COMUNICANDO PB, PC y PA COMO HASTA AHORA?
Las empresas que deben seguir enviado los partes de baja, alta y confirmación, son los supuestos de empresas colaboradoras por contingencias comunes o profesionales.
Dependiendo de cuál sea la contingencia por la que colabora la empresa y de cuál sea la mutua colaboradora, el médico emitirá o no el parte médico al INSS. No hay un procedimiento concreto, por eso, si el INSS recibe el parte médico, enviará toda la información a la empresa a través de los ficheros FIE / FIER.
La manera de identificar estos supuestos en el fichero FIE / FIER, será a través del campo "Entidad responsable", correspondiente a la tabla T-10 de las instrucciones técnicas de la Seg.Social.
- EMPRESAS COLABORADORAS POR CONTINGENCIAS PROFESIONALES: Asumen directamente el pago de las prestaciones por accidente de trabajo y por tanto deben seguir comunicando PB, PA y PC. En estos casos, el código de entidad responsable que aparece en el fichero FIE / FIER será 666 - EMPRESA COLABORADORA
- EMPRESAS COLABORADORAS POR CONTINGENCIAS COMUNES: Por ejemplo, colectivos de funcionarios de la antigua MUNPAL, también deben seguir comunicando PB, PA y PC. En estos casos, el código de entidad responsable que aparece en el fichero FIE / FIER será 999 - EMPRESA EXCLUIDA DE IT.
¿HAY QUE COMUNICAR LAS CONFIRMACIONES Y ALTAS DE LOS PARTES DE ACCIDENTES?
Sólo se deberán comunicar las acciones PC y PA correspondientes a altas y confirmaciones, en los casos de empresas colaboradoras de contingencias comunes o contingencias profesionales (códigos de entidad responsable 666 y 999 en la tabla T-10 del apartado de instrucciones técnicas de la Seguridad Social).
En el resto de casos, para enfermedad común o accidente/enfermedad profesional, únicamente se enviarán datos económicos.
SI TENGO UN EMPLEADO DE IT QUE ES ANTERIOR A ABRIL 2023, ¿DEBO SEGUIR ENVIADO CONFIRMACIÓN Y ALTA?
No, a partir de abril 2023 ya no se envia ni altas (PA) ni confirmaciones (PC) excepto en los casos de empresas colaboradoras de contingencias comunes o contingencias profesionales (códigos de entidad responsable 666 y 999 en la tabla T-10 del apartado de instrucciones técnicas de la Seguridad Social).
Tampoco es necesario que envíes la nueva acción DE - Datos económicos pues en su momento ya enviaste parte de baja (PB).