A partir del 1 de febrero de 2024, todas las empresas adheridas al Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción deberán realizar de forma obligatoria aportaciones mensuales al plan de pensiones de empleo sectorial (PPSC) en nombre de sus trabajadores. Sin embargo, se establece la obligatoriedad de realizar el pago de las aportaciones atrasadas al plan de empleo sectorial, desde enero de 2022 hasta enero 2024. Sobre estos procesos de atrasos, no corresponde aplicar la reducción de cuotas, por tanto tampoco se debe enviar el fichero de afiliación con acción ASA correspondiente. Pero sí cotizarán y deberás enviar a siltra tanto la liquidación L03 como el fichero CRA correspondiente con el código CRA 0033. ¿CÓMO GENERO EL FICHERO CRA DE UNA GUÍA DE ATRASOS? Deberás acceder a la guía de atrasos, y en el menú superior ir a Procesos - Cálculo e informes. Marcarás la casilla de "Comunicación concepto retributivo" para poder generar el fichero CRA de la L03 atrasos. Recuerda desmarcar la opción de cálculo si no deseas repetir ese proceso. SI TE APARECE ERROR "NO EXISTEN REGISTROS PARA PROCESAR". ¿CÓMO LO SOLVENTO? Si al intentar generar el fichero CRA te da un mensaje indicando que no hay registros para procesar, a continuación te detallamos los puntos que debes revisar y tener en cuenta para solventarlo. - Confirma que en la propia guía de atrasos, tienes indicado el concepto retributivo. Recuerda que, según el BNR 04/2024, estas contribuciones empresariales a planes de pensiones de empleo de atrasos, se deberán comunicar mediante el CRA 0033.
- También deberás comprobar que los conceptos que forman parte de la guía de atrasos, tengan el código CRA indicado tanto en empresa como en todas las vigencias de convenio que pueda tener asignada tu empresa. Si no lo tiene, asignaselo y recalcula atrasos nuevamente.
- RECUERDA que, el concepto de retención, en el ejemplo es el código 23, no es necesario que tenga el código CRA indicado. Pero el resto de conceptos positivos y de devengo SÍ.
- Por ultimo, verifica que el empleado tiene correctamente en su ficha en el apartado Seguros sociales en la pestaña Bonificaciones/Reducciones activado el indicador de "Aplicar reducción por contribuciones a planes de empleo" .
PRECAUCIÓN: RECUERDA que, en el caso del SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN, la "Fecha desde" deberá ser IGUAL o POSTERIOR a febrero de 2024, pero nunca anterior ya que sólo es aplicable a partir del 1 de febrero de 2024. Si esta fecha no la tienes bien indicada, como en nuestro ejemplo, el programa no te dejará generar correctamente el fichero CRA. Corríge esa fecha y RECALCULA NUEVAMENTE los ATRASOS. Si deseas actualizar esa fecha de manera masiva para todos los empleados de tu empresa, podrás hacerlo a través de un asistente masivo que encontrarás en la siguiente ruta: - Si trabajas con Sage 200 en Utilidades / Configuración - Red. Planes Empleo Ley 12/2022.
- Si trabajas con Sage Despachos Connected en Utilidades / Maestros - Procesos temporales - Red. Planes Empleo Ley 12/2022.
IMPORTANTE: - Para saber más sobre el cálculo de atrasos para las aportaciones de ejercicios anteriores del Plan Pensiones Sector Construcción dispones de este artículo PINCHA AQUÍ. - Para saber más sobre las principales carecteristicas del Plan de Pensiones del Sector de la Construcción dispones de este artículo PINCHA AQUÍ. |