Un complemento de IT se trata de un concepto que se abona en la nómina del trabajador que se encuentra de IT, para mejorar la prestación que cobra el empleado cuando se encuentra de baja. En el programa, los conceptos de complementos de IT se pueden configurar. o bien según las necesidades del usuario, o bien según se especifique en el convenio. Tienes tres opciones para calcular un complemento de IT: - Complementar un % en base a los conceptos definidos en precios del empleado.
- Complementar un % en base a la remuneración total del mes anterior a la baja.
- Complementar un % en función de la base reguladora de la IT.
RECUERDA: - Para crear un complemento de IT, deberás crear siempre el concepto con un código entre 300 y 399.
- Si el % a complementar difiere durante la baja por IT, por ejemplo, los 30 primeros días complementará el 90% y luego el 100%, deberás crear dos conceptos de complementos de IT. Uno para complementar hasta el 90% y otro para complementar hasta el 100%.
- Es necesario que, además del complemento de IT, verifiques que también tienes creado el selector de IT. El selector IT es el que determina cuántos días se va a complementar la IT. Si no está creado, el complemento no actúa en la nómina.
- Si tu empleado tiene ajustada la nómina a brutos o netos, recuerda que durante la baja por IT, deberás crear un concepto tipo "ajuste a la baja" y no un complemento de IT. Pincha AQUÍ si necesitas más información.
En este articulo, detallamos como crear un complemento IT que complemente un % en función de la base reguladora de la IT. Este tipo de complemento, es útil en casos en que la suma de los conceptos que tiene el empleado en precios, no coincida con el total que cobró el mes anterior, ya que por ej. podría haber cobrado un concepto de forma puntual aquel mes que no esté informado en precios del empleado. Los pasos que debes seguir son: - Accede dentro de conceptos de convenio / empresa, y crea un concepto 3XX.
- El tipo de concepto será "complemento de IT".
- Recuerda que estos conceptos solo complementan el salario por lo que no cotizan a Seguridad Social (el empleado ya cotiza por el 100% de la base reguladora de la IT), pero sí tributan a IRPF.
- Accede al menú superior a Relaciones - Detalle, y en la pantalla que te aparece a continuación, añade en la parte derecha el concepto 886 - Precio día mes ant.B.Unic. en el caso de IT por enfermedad, o bien el concepto 887 - Precio día mes ant.B.Acci. en el caso de IT por accidente
- Indica el % total a complementar y verifica que la casilla de restar prestación está marcada.
- Como te hemos indicado antes, si el convenio indica que, según los días de prestación, se complementará un % u otro, deberás crear tantos conceptos de complementos de IT como % diferentes a complementar existan. Los diferentes complementos se enlazarán como después veremos en el "selector de IT".
- Una vez configurado el concepto, y estando situado/a dentro de conceptos de empresa/convenio, accede al menú superior a Relaciones - Selector de it, y define el selector. O lo que es lo mismo: la duración anual, los tramos, el concepto, si se abona siempre o solo la primera baja del año, etc.
En esta pantalla podrás definir: - Tipo y subtipo de IT. recuerda que posteriormente, deberás informar la IT en incidencias de empleado con el mismo tipo y subtipo de IT para que se abone el complemento en la nómina.
- Día inicial / día final: si el complemento de IT se abona durante toda la IT, dure lo que dure, informa día inicio 1 y día final 9999. De lo contrario, indica el día inicial que corresponda (Por ejemplo, si solo se complementa el primer mes, sería del 1 al 30).
- Concepto: indica el concepto creado anteriormente. En el caso de que existan diferentes tramos, por ejemplo, el primer mes se abona el 90% y el resto al 100%, tendrás que haber creado dos conceptos complementos IT (uno al 90% y otro al 100%) y por tanto también deberás crear dos selectores de IT, con el día inicial y final que corresponda y el concepto asociado.
- IT enfermedad: aquí podrás indicar si se abona siempre o solo la 1ª baja de IT del año.
- Devengo complemento: aquí podrás indicar si se abona siempre o solo en el siguiente tramo (Por ejemplo, cuando el convenio establece que solo se complementarán los 20 primeros días de enfermedad siempre y cuando la IT dure 21 días o más).
- Duración anual: nº de días anuales a complementar. Es decir, si el convenio indica que solo se abonarán 60 días de IT al año (por ejemplo) independientemente de cuántas IT tenga el empleado y la duración de las mismas, indícalo en esta casilla.
- Dto días pagas: si se informa el campo de duración anual, indica si esos días en que se abonan complementos se deben descontar de las pagas extras. No obstante, recuerda que en cualquier caso, si el empleado está de IT y quieres descontar ese periodo del abono de la paga, deberás indicarlo en el propio concepto de paga extra.
- Sal. mes ant. baja: indica SI para complementar la IT sobre el salario del mes anterior a la IT.
- Modificado nómina: es un campo sólo informativo, sirve si indicas Sí saber si el convenio es importado indicar que lo has modificado y que no es el que viene por defecto de la aplicación.
En el caso del ejemplo en que el primes mes de enfermedad se complementa al 90% y el resto al 100%, deberás montar los conceptos de la siguiente manera. y el selector de esta forma: DATOS IMPORTANTES A TENER EN CUENTA: - Verifica dentro de la ficha del empleado, y en concreto dentro del apartado de Varios / Notas, que en la casilla de "complemento de IT" tienes indicado que SI.
- Verifica también que el tipo y subtipo de IT informado en incidencias de empleado coincide con el indicador en el selector de IT.
- Ten en cuenta que el selector de IT que hayas podido crear en conceptos de convenio, NO se traspasa a la empresa. Por tanto, deberás entrar y verificar que dentro de conceptos de empresa también lo tienes creado y definido correctamente.
CASO PRÁCTICO: - Empleado mensual con una IT por accidente desde el día 12/05/2023.
- Tenemos un concepto 300 creado como complemento de IT, para complementar el 100% de la Base Reguladora de la IT.
- Y un selector de IT indicando que se abonará complemento toda la duración de la IT, siempre que se informe como ACCIDENTE - LIBRE 1 en incidencias de empleado.
Al calcular la nómina vemos, que el programa nos calcula un complemento IT con un importe de 197,80€. ¿DE DONDE SALE ESTE IMPORTE? - PRIMERO: deberás revisar cual es el precio día ACC indicado en la IT,. En nuestro caso, 52,747119€.
- Se va a complementar al 100% de la BR y por el total de días de cotizacion de la IT. Esto significa que aunque en nómina se abonan 19 días de prestación de IT, se cotizan solo 18 días según las reglas de ajuste de SILTRA, al ser un empleado mensual con IT en mes de 28/29 o 31 días.
- Por tanto, tendremos que multiplicar la BR de la IT por 18 días.
- Al importe total calculado, le restaremos el importe que ya está cobrando el trabajador a modo de prestación. La diferencia, es el complemento de IT.
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