Cómo crear una guía de ATRASOS en Sage 200 [incluye VÍDEO]

Summary

En este artículo aprenderemos cómo crear una nueva guía de atrasos en Sage 200 y revisaremos las distintas opciones de configuración disponibles. Se incluye un pequeño vídeo resumen.

Resolution

Para crear una nueva guía de atrasos, accede al módulo Laboral y ve a la opción de menú Atrasos >Mantenimiento de procesos.

Al entrar en esta pantalla visualizarás todas las guías de atrasos existentes para las empresas a las que tengas acceso. Puedes consultar la configuración de cualquier guía existente haciendo doble clic sobre ella.

NOTA:

Si no tienes activado el tratamiento multiempresa, únicamente se mostrarán las guías de atrasos de la empresa activa.

 

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Para dar de alta una nueva guía:

  • Haz clic en el icono Insertar (hoja en blanco) Image situado en la parte superior izquierda de esta pantalla.
  • Se abrirá el asistente de creación de guías de atrasos donde a lo largo de 4 pantallas podrás definir y configurar tu guía de atrasos.

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A continuación te explicamos con detalle cada una de las pantallas y las casillas que te encontrarás en cada una de ellas.

Pincha en el titulo para ampliar información:

PRIMERA PANTALLA: Definir empresa y convenio

En la primera pantalla deberás indicar la empresa afectada. Dependiendo de la configuración de la empresa indicada verás:

  • Si la empresa NO tiene convenio asociado, el campo Convenio aparecerá deshabilitado.
  • Si la empresa tiene convenio asignado, el campo Convenio aparecerá habilitado y deberás seleccionar la vigencia sobre la que se calcularán los atrasos. Por defecto el programa mostrará una vigencia (no tiene por qué ser sobre la que deseas calcular atrasos), selecciona la correcta y confirma que las fechas de vigencia y aplicación son las adecuadas.

NOTA:

Si los atrasos son por subida salarial de convenio, antes de crear la guía de atrasos, deberás crear la nueva vigencia de convenio con los importes actualizados.

 En esta misma pantalla verás también un apartado llamado: "Atrasos que afectan a varios ejercicios". En este caso, si los atrasos corresponden a más de un ejercicio (por ejemplo, cuando una revisión salarial afecta a dos años distintos), puedes activar esta opción. Al marcar esta casilla, podrás indicar los años que correspondan y el sistema generará automáticamente una guía independiente para cada ejercicio afectado, manteniendo la misma configuración en ambas.

La casilla llamada "Diferencias de bases formativos en alternancia enero-abril 2023" es una casilla incorporada a raíz de un cambio legal en la cotización de los contratos 421/521. Fue un proceso que ya se gestionó en Junio 2025 y por tanto NO ESTÁ VIGENTE A DIA DE HOY.

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SEGUNDA PANTALLA: Informar el periodo de calculo de los atrasos

En la siguiente pantalla podrás indicar:

  • Ejercicio y mes de inicio y fin de los atrasos
  • Descripción de la guía.
  • Código identificativo de la guía

Dispones de la posibilidad de crear 99 guías de atrasos por ejercicio y por empresa. El programa, al crear la guía de atrasos, asigna automáticamente el primer código libre disponible comprendido entre A01 y A99. No obstante, durante la creación es posible modificar el código propuesto por otro que se encuentre libre, pinchando en el icono de los puntos suspensivos ()

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Si en la primera pantalla has informado que los atrasos afectan a más de un ejercicio, podrás definir estos valores para cada uno de los ejercicios indicados.

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TERCERA PANTALLA: Datos generales del cálculo (IT, código CRA, fecha de control, atrasos exigibles...)

A continuación, y una vez definida la cabecera de la guía, podrás configurar los diferentes parámetros de cálculo. En la tercera pantalla encontrarás las siguientes casillas:

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  • Calcular diferencias de enfermedad: Permite calcular las diferencias derivadas de prestaciones de Incapacidad Temporal (IT). Si indicas NO, no se abonará prestación de IT por enfermedad en esos atrasos.
  • Actualizar precio día en IT abiertas: Si un empleado inició una IT durante el período afectado por los atrasos y actualmente continúa en situación de baja, esta opción permite actualizar el precio día de la prestación incorporando la diferencia de estos atrasos generados. Si indicas NO, no se actualizará manteniendo la base reguladora inicial.
  • Calcular bases de cotización en períodos de IT: permite calcular las bases de cotización correspondientes a los períodos de incapacidad temporal afectados por los atrasos. Si indicas NO, no se calcularán bases de cotización de las IT en esos atrasos.
  • Calcular diferencias de empleados dados de baja: Activa el cálculo de atrasos para empleados que ya han cesado en la empresa o tengan un cambio de periodo de trabajo durante el periodo de esos atrasos. Si indicas que NO, omitirá esos empleados / periodos anteriores del cálculo de esos atrasos.
  • Atrasos exigibles en el año de devengo: determina cómo se tratará fiscalmente el IRPF de esos atrasos. Tienes información ampliada más abajo.
  • Proceso asociado al concepto retributivo: indica el código CRA con el que vas a enviar posteriormente el fichero CRA a Siltra de esos atrasos.
  • Fecha de control: afecta únicamente para el envío de la L03 a SILTRA. Si indicas como fecha de control julio 2026, la L03 la deberás remitir en agosto 2026. RECUERDA que la fecha de control no se puede encontrar dentro del periodo de liquidación de los atrasos (es decir, si los atrasos son de enero a junio, la fecha de control deberá ser julio o posterior).
  • Causa del cálculo de atrasos: campo obligatorio para el envío posteriormente de la L03. Selecciona una de la lista de todas las disponibles.

PRECAUCIÓN:

No confundas la fecha de control con la fecha de cobro. La fecha de control es la que determina el pago de la L03 y la fecha de cobro es la que determina el pago en el IRPF. 

 

¿QUE SON LOS ATRASOS EXIGIBLES Y CÓMO AFECTA EN EL IRPF?

La casilla de ATRASOS EXIGIBLES permite indicar SI o NO. Dependiendo del valor informado, afectará de manera diferente no solo para calculo de IRPF sino también para el modelo 190 anual.

ATRASOS EXIGIBLES SI:

  • Se utiliza cuando son atrasos del mismo año o de años anteriores pero que resultan exigibles en el año de cobro (por ejemplo, se publica una vigencia de convenio en 2026 con efectos retroactivos desde 2025).
  • El programa calculará los atrasos con el % IRPF que tenga el empleado (o el porcentaje vigente en la fecha de cobro si está cesado).
  • En el calculo de IRPF las percepciones / retenciones de estos atrasos se sumarán a la Base Imponible del empleado, y se tendrán en cuenta en el cálculo del % final.
  • En el modelo 190 y en el certificado de retenciones, las percepciones / retenciones derivadas de esos atrasos se sumarán a las del mes normal y pagas que pueda tener la persona trabajadora.

ATRASOS EXIGIBLES NO:

  • Son aquellos atrasos que no eran exigibles en el ejercicio al que corresponden (por ejemplo, se generan atrasos por circunstancias especiales que no corresponden a remuneraciones exigibles del trabajador) y fiscalmente se tratan de forma especial.
  • Para T.Comun, el programa calculará estos atrasos con un 15% IRPF fijo (independientemente del % que pueda tener la persona trabajadora en su ficha) y para Dip. Forales se podrá escoger entre el % vigente actualmente o el % que se aplicó en el mes de los atrasos.
  • En el calculo de IRPF las percepciones / retenciones de estos atrasos NO se sumarán a la Base Imponible del empleado, y NO se tendrán en cuenta en el cálculo del % final.
  • En el modelo 190 y en el certificado de retenciones, las percepciones / retenciones derivadas de esos atrasos se diferenciarán de las del mes normal y pagas que pueda tener la persona trabajadora.
  • RECUERDA QUE unos atrasos NO exigibles siempre deberán ser obligatoriamente de años anteriores al actual, de lo contrario, dará error en la validación del 190. Es decir, unos atrasos de 2026 no pueden ser no exigibles si los vas a declarar en el modelo 190 del año 2026.
CUARTA PANTALLA: Definir los conceptos y el tipo de cálculo

Por último, podrás definir todos los conceptos que quieras que intervengan y qué tipo de cálculo queremos para cada uno de ellos.

El programa dispone de 4 tipos diferentes de cálculo. Puedes tener distintos conceptos y cada uno con una opción de cálculo diferente:

  • Lineal: Calcula la diferencia entre el importe del histórico del concepto (lo que se pagó), y el importe actual existente en precios del empleado.
  • Porcentual: Calcula un % en base al importe del histórico del concepto (lo que se pagó). Da igual el importe actual que conste en el empleado.
  • Diferencias a repartir: se informa un importe bruto total por todo el periodo de la guía de atrasos y el programa repartirá dicho importe entre los días trabajados del empleado. Si tu empleado ha estado todo el período de IT, ERTE, absentismo... y no tiene ningún día en alta, esta opción de cálculo no es la adecuada.
  • Entrega a cuenta: puedes optar por informar un concepto que ha sido calculado en la nómina (como a cta. convenio por ejemplo), de manera que al informarlo como «entrega a cuenta», el programa restará de los atrasos el importe ya abonado en la nómina del mes normal.

 FINALMENTE, finaliza y ejecuta el asistente para guardar y generar tu guía de atrasos.

 

Si lo prefieres, en este vídeo te mostramos cómo: 

Recomendación: Para su visualización pulsa en el vídeo en la opción Image

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230804075407680
Last Modified Date
Mon Jul 06 09:20:33 UTC 2026
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