CUADRAR COSTES – Sistema Especial Agrario (SEA) y resumen de Costes SLD
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Normalmente una vez que se ha realizado el proceso de envío a seguridad social de los ficheros de bases, se necesita saber cuál es el importe a pagar de esos seguros para poder pasarlo a contabilidad. Este dato lo podrás obtener a través del informe de resumen de costes SLD, donde lo podrás visualizar totalizado por empresa, o detallado por empleado y tramos a través del informe de costes SLD.

Además, si has solicitado los cálculos a TGSS, podrás comparar dichos cálculos con los costes SLD para comprobar si la información que tienes en el programa coincide con lo que te está calculando la TGSS.

Para ello, accede a Seguridad social / Sistema Liquidación directa / Informe resumen de costes SLD. Aquí selecciona el año y mes, y como quieres visualizar los costes: por tramo, empleado, liquidación o empresa. Es recomendable realizarlo por empleado o tramo para poder así puntear mejor la información.

También podrás seleccionar que tipo de liquidación quieres ver, y en el caso de que tengas exoneraciones, también podrás seleccionar si quieres ver la cuota a ingresar (E1), cuota exonerada (E4) o la cuota total (E1 + E4).

Pulsa en Siguiente e informa en los límites los empleados a procesar y ya podrás visualizar en pantalla, impresora, etc.; toda la información solicitada.

A continuación, te mostramos los principales puntos a tratar en este artículo. Clica en el que te interese para acceder directamente:

  1. ¿Qué tipos de cotización se aplican si el empleado agrario está en activo?
  2. ¿Qué tipos de cotización se aplican si el empleado agrario está de IT?
  3. ¿Qué tipo de reducción agraria se calcula?
  4.  CASO PRÁCTICO 1: Empleado con IT + días trabajados y tarifa 4
  5. CASO PRÁCTICO 2: Empleado de alta todo el mes y tarifa 1.

¿Qué tipos de cotización se aplican si el empleado agrario está en activo?

  • Cuota de contingencias comunes: serán cuotas diferentes, tanto de empresa como de empleado, dependiendo de la tarifa del trabajador (la tarifa 1 tiene unos % diferentes del resto). Es independiente de la modalidad de cotización (mensual o por jornadas) que pueda tener la persona trabajadora. A continuación, te indicamos los valores válidos para el ejercicio 2024.

  • Cuota MEI (Mecanismo Equidad Intergeneracional): las cuotas son las mismas que para el régimen general en cada ejercicio.
  • Cuota desempleo: vendrá determinado por el tipo de contrato. A continuación, te indicamos los valores válidos para el ejercicio 2024.

  • cuota FOGASA: 0.10% a nivel de empresa para el ejercicio 2024, independientemente de tarifa y/o modalidad de cotización.
  • cuota FP (Formación Profesional): 0.15% a nivel de empresa y 0.03% a nivel de empleado para el ejercicio 2024, independientemente de tarifa y/o modalidad de cotización.

¿Qué tipos de cotización se aplican si el empleado agrario está de IT?

En estos casos, las cuotas no varían y son los mismos porcentajes que los indicados anteriormente. RECUERDA, eso sí, que a partir del 16º día de baja por enfermedad y a partir del 2º dia de baja por accidente, el pago es directo (no calcula prestación) y la cotización es únicamente empresarial. 

Pero deberás tener en cuenta que el cálculo de las reducciones agrarias sí que varían. Y los importes que se calculan son diferentes en los tramos en días en alta respecto a los tramos en días de IT.

 

¿Qué tipo de reducción agraria se calcula?

La reducción agraria es una reducción que se aplican todos los trabajadores/as que pertenecen al Sistema Especial Agrario y que se calcula en base a las instrucciones publicadas en el BNR 2011/12 del 7 de diciembre de 2011.
El cálculo de la reducción agraria se realizará de manera diferente en los siguientes supuestos:

  • En el periodo que abarca los años 2012 a 2021, la fórmula de cálculo será diferente respecto de los años 2022 a 2030.
  • Diferenciando situaciones de activo respecto de situaciones de IT, riesgo durante el embarazo / lactancia, así como nacimiento y cuidado del menor.
  • Por último, también se diferenciará el cálculo según el grupo de cotización del trabajador/a (grupo 1 vs grupos 2 al 11)

A continuación, te dejamos la relación de artículos que detallan y explican cómo se realiza este cálculo:

 CASO PRÁCTICO 1: Empleado con IT + días trabajados y tarifa 4

Empleado agrario, contrato 300 subcódigo 900 (a tiempo completo y no bonificado). Es un empleado agrario mensual y tiene indicada una tarifa 4.

Tiene una IT del 1 al 20 de septiembre de 2024.

Al generar el resumen de costes SLD, aparece los siguientes cálculos:

 NOTA:  recuerda que salen 3 tramos, porque es necesario diferenciar el tramo de enfermedad cuya prestación va a cargo de empresa, del tramo de enfermedad cuya prestación es por pago directo. Además del tramo de días trabajados del mes. 

  • BASE CC: base contingencias comunes del empleado (it + días trabajados).
  • BASE ACC: base accidentes del empleado (it + días trabajados).
  • CUOTA CC EMP: cuota contingencias comunes de empresa calculada sobre la base de CC. Incluye el MEI. En nuestro caso, 1348,67€ * 21.3% (20.72% de CC y 0.58% del MEI)
  • CUOTA CC EMPL: cuota contingencias comunes del empleado + MEI (Base CC * 4.7%)
  • CUOTA DESEMPL+FP-FOGASA EMP: cuota empresarial de desempleo, fogasa y formación profesional. En nuestro caso, BASE ACC * 5,75% (5.5% de desempleo, 0.10% de fogasa y 0.15% de FP)
  • CUOTA DESEMPL FP EMPL: cuota del trabajador de desempleo y formación profesional. En nuestro caso, BASE ACC * 1.58% (1.55% de desempleo y 0.03% de FP)
  • CUOTA IT+IMS: según el CNAE indicado en la empresa, se establecen un % de cuota IT y un % de cuota IMS, que se calculan sobre la BASE ACC del empleado.
  • BONIF./RED.: importe de bonificación y/o reducciones a las que tenga derecho (por ejemplo, por contrato). Recuerda que en esta columna también se sumará el importe de la reducción agraria según las fórmulas de cálculo indicadas por TGSS. En ningún caso el MEI es bonificable.
  • CUOTA SS TOTAL: Cuota CC Emp. Cuota CC Empl. + (cuota desempl+FP+Fogasa Emp.) + Cuota Desempleo FP Empl + Cuota HE Emp. + Cuota HE Empl. + (Cuota IT+ IMS)
  • PREST.: en el caso del sistema especial agrario, no existe pago delegado pues es pago directo.
  • COSTE SS EMPRESA: Cuota CC Emp. + (cuota desempl+FP+Fogasa Emp.) + (Cuota IT+ IMS) - Bonif./Red.
  • LIQUIDACIÓN TOTAL: se mostrará el resultado del total a pagar, tanto por empleado como totalizado por empresa. Éste debería coincidir con el total a pagar que envía la TGSS en los cálculos solicitados o en el documento RLC (que correspondería con el antiguo TC1 del fichero Fan).

CASO PRÁCTICO 2: Empleado de alta todo el mes y tarifa 1.

Empleado agrario, contrato 300 subcódigo 900 (a tiempo completo y no bonificado). Es un empleado agrario mensual y tiene indicada una tarifa 1.

Está todo el mes de septiembre de 2024 de alta y como trabajado.

Al generar el resumen de costes SLD, aparece los siguientes cálculos:

  • BASE CC: base contingencias comunes del empleado.
  • BASE ACC: base accidentes del empleado.
  • CUOTA CC EMP: cuota contingencias comunes de empresa calculada sobre la BASE CC. Incluye el MEI. En nuestro caso, 2566,67€ * 24.18% (23.6% de CC y 0.58% del MEI)
  • CUOTA CC EMPL: cuota contingencias comunes del empleado + MEI (Base CC * 4.7%)
  • CUOTA DESEMPL+FP-FOGASA EMP: cuota empresarial de desempleo, fogasa y formación profesional. En nuestro caso, BASE ACC * 5,75% (5.5% de desempleo, 0.10% de fogasa y 0.15% de FP)
  • CUOTA DESEMPL FP EMPL: cuota del trabajador de desempleo y formación profesional. En nuestro caso, BASE ACC * 1.58% (1.55% de desempleo y 0.03% de FP)
  • CUOTA IT+IMS: según el CNAE indicado en la empresa, se establecen un % de cuota IT y un % de cuota IMS, que se calculan sobre la BASE ACC del empleado.
  • BONIF./RED.: importe de bonificación y/o reducciones a las que tenga derecho (por ejemplo, por contrato). Recuerda que en esta columna también se sumará el importe de la reducción agraria según las fórmulas de cálculo indicadas por TGSS. En ningún caso el MEI es bonificable.
  • CUOTA SS TOTAL: Cuota CC Emp. Cuota CC Empl. + (cuota desempl+FP+Fogasa Emp.) + Cuota Desempleo FP Empl + Cuota HE Emp. + Cuota HE Empl. + (Cuota IT+ IMS)
  • COSTE SS EMPRESA: Cuota CC Emp. + (cuota desempl+FP+Fogasa Emp.) + (Cuota IT+ IMS) - Bonif./Red.
  • LIQUIDACIÓN TOTAL: se mostrará el resultado del total a pagar, tanto por empleado como totalizado por empresa. Éste debería coincidir con el total a pagar que envía la TGSS en los cálculos solicitados o en el documento RLC (que correspondería con el antiguo TC1 del fichero Fan).

 

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