El RDL 1/2023 establece en el art.10.2, las cuantías de las bonificaciones para cada contrato suscrito a tiempo completo. Pero en el caso que la contratación se realice a tiempo parcial, estas cuantías se reducirán proporcionalmente a la jornada realizada por el empleado, teniendo en cuenta que nunca podrá ser inferior al 50% (respecto a un empleado comparable y con jornada a tiempo completo).
Pero esta norma no resultará de aplicación en los siguientes supuestos:
- Personas con discapacidad
- Reducción de jornada prevista en los art. 37.4, 6 y 8 del ET.
- Reducción de jornada laboral como consecuencia del ejercicio del derecho a la huelga
¿COMO CALCULA EL PROGRAMA LA CUANTÍA DE BONIFICACIÓN EN EL CASO DE EMPLEADOS A TIEMPO PARCIAL?
Lo primero que debes confirmar es que el empleado esté correctamente informado en el programa, poniendo especial hincapié en tener bien informada la casilla de COEFICIENTE DE JORNADA, ya que es el valor que el programa tendrá en cuenta para calcular (o no) la cuantía de bonificación que le corresponda.
Si no recuerdas como informar un empleado a tiempo parcial, el coeficiente de jornada o una reducción de jornada por guarda legal, consulta AQUÍ toda la información.
Por tanto, y de manera genérica:
- El programa únicamente aplicará la bonificación en empleados a tiempo parcial, siempre y cuando el coeficiente de jornada informado sea igual o superior a 500 (correspondiente al 50% de la jornada).
- La bonificación la calculará en base al coeficiente informado. Así, si el empleado tiene un coeficiente de 650 (y por tanto equivalente al 65% de la jornada), el programa calculará el 65% de la bonificación que corresponda de las establecidas en el RDL 1/2023.
- TEN EN CUENTA que para nuevas contrataciones realizadas a partir del 01/09/2023, deja de tener efecto el calculo anterior de la bonificación en los empleados a tiempo parcia que se realizaba en base al coeficiente de jornada + 30% extra. Solo los empleados que tengan indicada una fecha de inicio contrato anterior al 01/09/2023 en su ficha, se seguirán calculando de esa manera.
EXCEPCIONES A LA NORMA
RECUERDA que existían excepciones a esta norma en las que, a pesar de que la jornada del trabajador sea < 50%, se podrá seguir aplicando las bonificaciones correspondientes.
A nivel de programa, y con el objetivo de que puedas identificar a estos empleados, se ha creado un nuevo campo denominado "Bonificación a aplicar en TP" dentro de la ficha del empleado y en concreto en el apartado de Contratos / Tiempo Parcial.
Son tres los posibles valores que incorpora este nuevo campo incluido en la versión 2023.92.000:
APLICAR BONIF. SI EL % DE JORNADA ES >= AL 50%
- Es la opción que saldrá por defecto.
- En estos casos, el programa comprobará que el coeficiente de jornada informado sea igual o superior a 500. Si fuese inferior no calcularía nada.
- La cuantía de bonificación se calculará en base a ese coeficiente.
- Así, por ejemplo, en un empleado con un coeficiente de 650, calculará el 65% de la bonificación que le corresponda
APLICAR BONIF. EN TODOS LOS % DE JORNADA.
- Al seleccionar esta opción, el programa calculará la bonificación en cualquier coeficiente de jornada, incluso aunque el valor sea inferior a 500.
- La cuantía de bonificación se calculará en base a ese coeficiente, independientemente del valor informado.
- Así, por ejemplo, en un empleado con un coeficiente de 300, calculará el 30% de la bonificación que le corresponda.
APLICAR BONIF. EN UN % ESPECÍFICO.
- Al seleccionar esta 3ª opción, se te habilitará la casilla de "% bonif". para que informes el % que deseas aplicar de la bonificación al empleado, independientemente del coeficiente de jornada informado.
- Si no informas nada en el campo de % bonif., por defecto el programa calculará la bonificación sobre el % jornada informado en la cabecera de la ficha del empleado.
- Así, por ejemplo, en un empleado a tiempo parcial en el que hemos seleccionado esta última opción e indicado un % de bonificación especifico de 30%, éste será el % que aplicará para el cálculo y no tendrá en cuenta ni el coeficiente de jornada ni el % jornada informado en la cabecera.
¿EN QUE BONIFICACIONES ACTUARÁ ESTE NUEVO CAMPO DE "BONIFICACIÓN APLICAR EN TP"?
Este nuevo campo actuará sobre todas aquellas bonificaciones descrita en el RDL 1/2023 y vigentes a partir del 1 de septiembre de 2023 que son:
- Bonificaciones de contratos correspondientes al RDL 1/2023 y con fecha inicio de contrato igual o superior al 01/09/2023.
- Bonificaciones de trabajadores en IT por situación de nacimiento y cuidado del menor (que son sustituidos) cuya fecha de inicio bonificación sea igual o superior al 01/09/2023.
- Bonificación por cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo / lactancia natural RDL 1/2023.
- Bonificación del sector de la hosteleria para trabajadores con contrato fijo discontinuo (Hostelería RDL 1/2023).
- Bonificación de empleados indefinidos en Ceuta y Melilla RDL 1/2023.
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