Cómo dar de alta trabajador No residente para cálculo de nóminas en Sage 200
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Si disponemos de la contratación del módulo de no residente para la aplicación, podremos dar de alta el empleado no residente como cualquier otro empleado. No es indispensable crear una empresa nueva o centro de cotización especial para incluir a los trabajadores no residentes, por tanto podemos darlo de alta en la empresa donde están el resto de trabajadores que tributan al IRPF de territorio común y procesan los modelos 111 y 190, ya que la aplicación separará a los empleados no residentes y los incluirá en los modelos 216 y 296.

Recomendamos ver Cómo generar Modelo 216 No residentes en Sage 200 y Cómo generar Modelo 296 No residentes en Sage 200.

Al dar de alta al trabajador, para que sea considerado no residente por la aplicación, en el menú lateral izquierdo en la ficha del empleado en IRPF, le informaremos en el desplegable del campo "No residente" la opción "Sí". Si no tenemos el módulo de no residentes contratado no aparecerá esta opción.

En el momento que le informemos en dicho campo y pulsemos en la opción guardar aparecerá una pantalla donde nos preguntará que tipo de IRPF aplicaremos, según el empleado sea General o Temporal, si contestamos a la pregunta pulsando el botón aplicará el tipo de retención de trabajadores generales para este empleado y si pulsamos No aplicará el tipo de retención al trabajador temporal.

Estos valores de porcentaje de IRPF que tomará automáticamente la aplicación según indiquemos que el empleado es no residente general o temporal se encuentran indicados en la tabla de legales de la aplicación en Nómina - Utilidades Configuración - Legales - Seguros sociales - Porcentajes y topes, entrando en el legal que corresponda, en la pestaña IRPF donde aparecen los campos No Residentes General y No Residentes Temporal.

 

En No Residentes Temporal aparece un 2%, por lo que al indicar que un empleado es un no residente si pulsamos en el botón No a la pregunta que aparece, se asignará y aplicará el tipo de retención como temporal con ese porcentaje.

En No Residentes General aparece 0%, por lo que al indicar un empleado es no residente sí pulsamos en el botón a la pregunta que aparece, se asignará ese porcentaje. Pero los porcentajes para no residentes generales pueden ser del 19% para los no residentes de la Unión Europea, Islandia y Noruega, un 24% para el resto y para empleados que presten sus servicios en Misiones Diplomáticas y Representaciones Consultas de España en el extranjero un 8%.

Por el motivo que pueden ser distintos porcentajes para los no residentes generales, en caso de no residente general tendremos que informar manualmente en la ficha del empleado en IRPF el porcentaje que le corresponda.

Después de indicar al empleado como no residente, se habilitará en el menú de su ficha en IRPF el campo Datos complementarios no residente, que pulsando en dicho botón nos aparecerá una pantalla en la que rellenaríamos con los datos de residencia del trabajador para que luego estos aparezcan correctamente en los modelos 216 y 296.

En los trabajadores no residentes no se informa la situación familiar, que se que queda inactiva en el menú de la ficha del empleado cuando seleccionamos al trabajador como no residente.

Todos los empleados que tengamos informados como no residentes en la empresa, no se tendrán en cuenta a la hora de calcular el IRPF de territorio común, ni de territorio foral, ni en los modelos 111 y 190 de territorio común.

Una vez dado de alta el trabajador como no residente con el porcentaje de IRPF que le corresponda, ya podemos calcular las nóminas del empleado del que se acumulará los datos en Nómina - IRPF - Acumulados de IRPF, con el tipo de rendimiento No residente que aparecerá arriba a la derecha en el acumulados. Es necesario calcular las nóminas teniendo informado el trabajador como no residente para que el traspaso a acumulados se realice adecuadamente.

 

 

NOTA: Dispones de un listado de artículos sobre los Modelos 216 y 296 de no residentes AQUÍ.

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