Antes de la generación del modelo 417 en Sage 50, se debe tener en cuenta que es necesario realizar la liquidación de IVA/IGIC y en los casos en los que se trabje con la presentación del Suministro Inmediato de Información en dos territorios, se realizarán dos asientos de liquidación, uno para el IVA y otro para IGIC, teniendo en cuenta la configuración del tipo de IVA en la configuración de cada uno de ellos (desplegable IVA o IGIC): Te recomendamos marca el tipo IGIC en el mantenimiento de tipos de IVA, aunque sólamente trabajes con IGIC's, del mismo modo que si únicamente gestionas IVA. Para la generación del modelo 417, nos dirigiremos al menú Modelos, dentro del módulo de Contabilidad: La pantalla de generación del modelo 417, consta 2 pestañas. Pestaña "Generar nueva declaración", en la que tenemos los siguientes campos: - Periodo: donde Sage 50 muestra el último periodo que ha sido liquidado.
- Descripción: donde podrás añadir una breve descripción, no es un campo obligatorio.
- Autoliquidación complementaria: se deberá marcar en caso de que estemos presentando una liquidación complementaria.
- Número de justificante: este número se deberá informar en caso de que estemos presentando una liquidación complementaria.
- Ruta: es la ruta donde se generará el fichero .txt con la declaración del modelo.
En la pestaña "Histórico de declaraciones" podremos acceder a todas las declaraciones que hemos ido generando para consultarlas o eliminarlas. Para generar el modelo, debes pulsar en el botón inferior «Generar« y nos aparecerá la pantalla de Identificación, donde se encuentran los siguientes datos: - Periodo: en el que se muestra el periodo de la presentación del modelo (correspondiente con la última liquidación).
- Datos identificativos: se mostrará los datos fiscales que tengamos configurados en el mantenimiento de empresa.
- En el apartado "Otros datos" tendremos informados los siguientes campos:
- ¿Está inscrito en el registro de devolución mensual?: Se mostrará una marca activada en función del check de la propia configuración del modelo 417.
- ¿Ha optado por el régimen especial del criterio de caja (art. 103 L4/2012)?: Esta marca se mostrará activada en función de la configuración de empresa "Empresa acogida a RECC".
- ¿Ha sido destinatario de operaciones a las que se aplique el régimen especial del criterio de caja?: Si la marca de empresa anterior no está activada pero existen registros de RECC soportados, está marca se mostrará activa.
- ¿Es una entidad no establecida con obligaciones periódicas?: Es una casilla manual, que por defecto viene sin marcar.
- ¿Ha sido declarado en concurso de acreedores en el presente periodo de liquidación?: Al igual que la anterior, es una casilla que por defecto está desmarcada. Al activarla, se habilitan las dos opciones a continuación:
- Fecha en la que se dictó el auto de declaración de concurso (por defecto fecha de inicio de periodo)
- Si se ha dictado auto de declaración de concurso en este periodo indique el tipo de autoliquidación: selección entre preconcursal y postconcursal.
Al pulsar el botón "Siguiente", nos mostrara los datos de la liquidación en las que encontraremos los siguientes campos: - IGIC Devengado: donde se muestran los valores correspondientes a las bases y cuotas de los tipos de IGIC que están definidos en la configuración del modelo 417 en cada uno de los apartados. La ordenación de bases y cuotas será de menor a mayor, siendo correlativos siempre que se hayan utilizado y tengan movimento. Las últimas casillas se mostrarán en blanco si no ha habido movimiento.
- IGIC Deducible y Resultado Autoliquidación: donde se mostrarán por un lado la suma de las bases imponibles y suma de cuotas para aquellos movimientos de IGIC corriente nacional, bienes de inversión, importaciones y demás apartados informados en la configuración del modelo 417 con su correspondiente código de IVA y por otro, otros tipos de operación excluidos de estas casillas como son:
- Resultado de la autoliquidación (41+42-43-44): Se mostrará el resultado de la autoliquidación y se corresponde con la casilla 45 del Modelo Oficial.
- A deducir (exclusivamente en caso de autoliquidación complementaria) (casilla 44): Del mismo modo que el anterior, en el caso pertinente, podremos editar de forma manual el valor a indicar.
- Cuotas IGIC a compensar de periodos anteriores (casilla 43): Valor igualmente editable que en este caso mostrará por defecto el valor a compensar de periodos anteriores.
- Regularización de cuotas artículo 22.8 5ª Ley 20/1991: Por defecto no se muestra valor, siendo editable para indicar de forma manual el importe correspondiente.
- Diferencia (25-40): Mostrará la diferencia entre la casilla 25 y la 40, se corresponde con la casilla 41 del Modelo Oficial.
- Total cuotas deducibles: se presentará el importe total correspondiente al IGIC deducible (Soportado) en el periodo seleccionado, se corresponde a la casilla 40 del Modelo Oficial, siendo la suma de las casillas indicadas (27+29+31+33+35+36+37+38+39)
- Regularización por aplicación del porcentaje definitivo de prorrata: Mismo funcionamiento que los dos apartados anteriores.
- Regularización de cuotas soportadas antes del inicio de la actividad (casilla 38): igualmente es un valor editable para indicar manualmente el importe correspondiente y del mismo modo que el anterior, guardar.
- Regularización de cuotas soportadas por bienes de inversión (casilla 37), que se trata de un valor editable para indicar manualmente el importe correspondiente y pulsar en el botón Guardar.
- Compensación régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, donde se mostrarán aquellos registros que estén marcados con este tipo de operación en los asientos.
- Información Adicional:
- Exportaciones y operaciones asimiladas (casilla 46): En este apartado se muestra la suma de las bases de las operaciones extracomunitarias (registros indicados en la configuración del modelo 417 en el apartado de "Operaciones asimiladas" y si no tenemos indicado ninguno, serán aquellos registros de IGIC repercutido de tipo extracomunitario)
- Operaciones no sujetas o con inversión de sujeto pasivo que originan el derecho a deducción (casilla 47): suma de las bases de las operaciones cuyos registros de IGIC se ha utilizado el tipo indicado en la configuración del modelo 417 en el apartado del mismo nombre.
- Exclusivamente para aquellos sujetos pasivos acogidos al régimen especial del RECC y para aquellos que sean destinatarios de operaciones afectadas por el mismo. En este apartado aparecerán la suma de las bases y cuotas de los registros repercutidos(casillas 48 y 49) y soportados (casillas 50 y 51) de facturas acogidas al régimen de criterio de caja, respectivamente.
- Exclusivamente a cumplimentar en el último periodo de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la declaración-resumen anual de IGIC. Este bloque de información únicamente se mostrará en el último periodo de presentación siempre que el check de "Exonerado de presentar la declaración-resumen anual de IGIC" en la configuración del modelo 417 está seleccionado, mostrando el resultado de las operaciones realizadas en el ejercicio en sus correspondientes casillas, resultado de la suma de las casillas correspondientes a todos los periodos de presentación, incluido el último ejercicio (por ejemplo, la casilla 60 que mostraría la suma de lo declarado en la casilla 36 incluido el último periodo):
Por último, se mostrará el apartado de Ingreso / Devolución / A compensar / Sin Activad, que nos mostrará la siguiente información: - Resultado: nos mostrará el importe resultante de la declaración.
- Tipo de declaración: nos informará si se trata de un ingreso, una devolución, a compensar o sin activad.
- Forma de pago: como se va a proceder a pagar o cobrar la declaración.
- IBAN: la cuenta indicada en la configuración de modelos del mantenimiento de empresa.
Pulsando el botón «Generar borrador«, Sage 50 generará un fichero .pdf con el borrador de la declaración. Pulsando el botón «Generar presentación«, Sage 50 generará un fichero .txt que contendrá los datos correspondientes a la declaración. Este fichero quedará almacenado por defecto, en la ruta configurada en el apartado de Configuración de modelos y añadirá de forma automática, una carpeta con el ejercicio y código de modelo (417 en este caso). Pulsando el botón «Guardar«, Sage 50 guardará la generación del modelo y esto hará que nos aparezca en la pestaña de «Histórico de declaraciones« para que la podamos consultar. El nombre del fichero está compuesto según la siguiente estructura: CIFEMPRESA_PERIODO.417.txt Este fichero es el que deberás recuperar con el programa de ayuda de la Agencia Tributaria «Informativas» para completar los datos, validar el contenido y generar el fichero definitivo de presentación. * Recuerda: El contenido de la ayuda está realizado en base a la gama superior, por lo que dependiendo de la licencia adquirida es posible que algunas de las funciones presentadas no estén habilitadas. |