Summary
Description
Las operaciones asimiladas a la exportación son ciertas entregas de bienes o servicios vinculadas al tráfico internacional o a regímenes especiales que están exentas de IVA igual que las exportaciones.
Tienen como objetivo evitar que se graven con IVA español operaciones cuyo consumo o utilización efectiva ocurre fuera del territorio normal de imposición o en el comercio internacional.
Ejemplos:
- Bienes destinados al abastecimiento de buques o aeronaves dedicados a navegación internacional
- Servicios logísticos relacionados con exportaciones: Transporte internacional, carga y descarga o manipulación de mercancías exportadas
- Entregas de bienes en depósitos francos, zonas francas o regímenes aduaneros suspensivos
Resolution
Para configurar las operaciones asimiladas en los diferentes modelos de IVA o IGIC:
- Accede al menú Archivos - Empresas y edita la Empresa.
- Selecciona la pestaña Contabilidad.
- Haz clic en la subpestaña Modelos IVA/IRPF o Modelos IGIC.
- Selecciona la pestaña del modelo correspondiente según tu caso (303/390/SII o 417/420/425/SII).
- Añade un nuevo tipo en el desplegable del impuesto configurado para Operaciones asimiladas.
- Indica el tipo de IVA al 0% como operación asimilada.
- Guarda los cambios.

Configuración automática de la causa de exención en facturas
- Crea o edita una factura desde cualquier proceso:
- Pedidos → Facturar
- Presupuestos → Facturar
- Albaranes → Facturación general
- Factura directa
- Accede a Datos adicionales de factura.
- Verifica la pestaña Causa op. exenta.
- Comprueba los siguientes campos:
- Base exenta: importe sin IVA
- Causa: E3 - Art.22 Exenciones en operaciones asimiladas a exportaciones
- Base imponible: suma de las bases
- Guarda la factura.

Gestiona la información en el SII
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Adaptación del fichero de datos del SII para todos los tipos de IVA que pueden configurarse como de Operaciones asimiladas:
- 0% para clientes nacionales (cliente nacional con NIF que comience por N)
- 0% para clientes comunitarios
- 0% servicios para clientes comunitarios
- 0% para clientes extracomunitarios
- 0% servicios para clientes extracomunitarios
Al generar el fichero del SII, cuando se haya utilizado un tipo de IVA configurado como de operaciones asimiladas:
- Territorio común, Gipuzkoa, Bizkaia, Araba y Navarra à IVA configurado en Operaciones asimiladas (VF/TB/Modelo 303/390/SII)
- Canarias à Operaciones asimiladas (Modelo 417/420/425 y SII)
Aplica configuración en BATUZ
Se han realizado modificaciones para incluir la información sobre las facturas de operaciones asimiladas a la exportación en los libros de facturas no certificadas de los modelos 140 y 240.
Para las facturas de venta o asientos de venta, cuando se tenga un tipo de IVA configurado como Operaciones asimiladas (Modelo 140, 240, 303/390 y SII):
- Se informa dentro de <IDClave> en la etiqueta <ClaveRegimenIvaOpTrascendencia> el valor 02 correspondiente a Exportación cuando el tipo de IVA sea 0 y la causa de exención sea E2 o E3
Tipo de desglose:
- Nacional con NIF que NO empiece por “N” → <DesgloseFactura>
- Comunitario, Extracomunitario o Nacional con NIF que empieza por “N” → <DesgloseTipoOperacion>
- Si el tipo IVA está marcado como bienes → bloque <Entrega>
- Si el tipo IVA está marcado como servicios → bloque <PrestacionServicios>
Configura TicketBAI
Se incluye la generación de los registros de certificación para incorporar la información sobre las facturas con Tipo de IVA configurado como de Operaciones asimiladas.
Configura VERI*FACTU
Se ha modificado la generación de los registros de certificación para incorporar la información sobre las facturas con Tipo de IVA configurado como de Operaciones asimiladas.
Para facturas con tipo de IVA configurado en los modelos de contabilidad de la empresa como de operaciones asimiladas (modelos de IVA o IGIC).
Tiene alguna línea de factura con un tipo de IVA al 0% configurado como de Operaciones asimiladas:
- Clave Régimen <ClaveRegimen> = 02 siempre que en tipo de operación sea vacío, el % del tipo de IVA = 0 y el tipo de exención sea E2 o E3, independientemente de que si el cliente es nacional, comunitario o intracomunitario
