TBAI ÁLAVA - Venta de bienes a cliente canario con IGIC no sujeta-IE desde un establecimiento permanente EP

Summary

En una sociedad de Álava las ventas de bienes a cliente canario con IGIC no sujeta/IE desde un establecimiento EP en Canarias se envían al TBAI Álava.

Resolution

Cuándo una sociedad domiciliada en Álava tiene un establecimiento permanente en Canarias, también tiene que presentar las facturas por TicketBAI.

En este caso si el establecimiento es permanente, utilizaríamos la clave de régimen de IVA 54 - Operaciones realizadas desde Establecimientos Permanentes situados en Canarias, Ceuta y Melilla-, y para informar de la aplicación del IGIC utilizaremos la clave de no sujeción IE, y el resto de operaciones realizadas allí en Canarias, iría con la clave 08 - Operaciones sujetas al IPSI/IGIC (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación / Impuesto General Indirecto Canario)-.

En Ceuta y Melilla aplicaríamos la misma operativa.

Image

Image

1- Se necesita una planta como EP-establecimiento permanente en Canarias que debe tener marcado el flag "Permanente".
 

Image

 

 2-Se necesita un régimen de impuesto como el siguiente:

Image

 

3- Se necesita una tasa de impuesto del IGIC correspondiente:

Image

 

4- La casuística será una No sujeta/causa IE con clavereg 54.

 

Image

Image

 

5- XML del envío:

Image

 

 

 

 

 

 

 

Solution Properties

Solution ID
250529135925847
Last Modified Date
Thu May 29 13:59:25 UTC 2025
Views
0