Summary
Description
Si el destinatario de la adquisición de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales, es revendedor o la compra supera 10.000 euros. Se debe aplicar la regla de inversión del sujeto pasivo. De forma que el vendedor emitirá la factura sin IVA y el adquirente realizará la Inversión del Sujeto Pasivo (ISP)
Resolution
CONFIGURACIÓN PREVIA
Debes tener en cuenta una serie de activaciones previas necesarias a llevar a cabo. Posteriormente poder registrar las compras y/o las diferentes ventas de esos productos:
- Activar Trabajar con obras, desde el mantenimiento de empresa, pestaña Documentos - General:

- Una vez activada esa configuración de empresa, dirígete en el módulo de Ventas al menú Archivos - Clientes - Obras. Donde podrás añadir una nueva obra genérica (, por ejemplo, Operaciones ISP). En la pestaña Facturación, active el check ISP para la compra y el tipo de IVA 0% para la venta de revendedores


- En ese mismo apartado de Opciones del mantenimiento de empresa Asegúrate de activar la opción Trabajar con series de factura para crear después una serie específica para estas ventas
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- Solo con esa opción anterior activada, podrás acceder al menú Archivos - Series de documentos y crear la serie especifica para ISP:

- Para imprimir el documento, puedes insertar un texto fijo con el literal requerido en el informe o utilizar un formato o plantilla diferente.incluso puede ser un Idioma, de tal modo que puedas escoger imprimir por un formato con el texto o no:
- Literal: Operación sujeta a Inversión del Sujeto Pasivo, art. 84. Uno. 2g) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido.
OPERATIVA EN COMPRAS
Al trabajar de ese modo y con esas activaciones necesarias previas, cuando realizas una compra de artículos de ISP donde recibes de tu proveedor una factura con el IVA al 0%. indicarás en la cabecera del documento de compra la obra y de ese modo, se activará automáticamente el check de ISP del documento:

En el pie del documento, tendrás la base sin IVA y será necesario que el tipo de IVA asociado al artículo tenga correctamente asociado su equivalente comunitario/ISP para que se realice la factura interna autorepercutida correspondiente a esa Inversión de Sujeto Pasivo (si es necesario, puedes incluso crear nuevos tipos de IVA a tal efecto):


Cuando contabilices dicha compra, Sage 50 generará el registro autorepercutido para compensar el IVA en dicha compra:

OPERATIVA EN VENTAS
- Puedes informar en las observaciones del cliente que se trata de un revendedor, de esta forma incluso puede aparecerte un aviso al realizar la venta:


- Utiliza la serie ISP que has creado y añade la obra genérica para que en el documento se aplique el IVA adecuado

NOTA: A la hora de imprimir, selecciona el idioma, plantilla o formato que tiene el literal del texto necesario para indicar que se trata de esa operación sujeta a Inversión del Sujeto Pasivo.
Configuración de los tipos de IVA en la Configuración de los Modelos de IVA (para Modelo 303):
Para las Adquisiciones (compras):
- Crear los tipos de IVA nuevos (con los % que precisen los artículos). Se debe crear el IVA nacional y uno como equivalente comunitario/ISP. Para cada % se deberán crear dos tipos nuevos de IVA (normal y su equivalente isp). Asociar este nuevo código de IVA (nacional) al artículo
- Nota: Si se opta por no modificar el tipo de IVA del artículo, porque también se realizan compras CEE. Se propone crear un nuevo tipo de IVA ISP y utilizarlo desde la opción de comprobación de IVA del albarán de compra. Este tipo de IVA debe asociarse como equivalente comunitario
- Configurar en el apartado “Otras operaciones con Inversión del Sujeto Pasivo (Excepto ADQ. Intracom)”, el tipo de IVA utilizado como equivalente comunitario. (para el registro autorepercutido)
- Nota: Se deberá tener en cuenta que los códigos de IVA nacionales nuevos también deberán añadirse a la configuración actual de IVA soportado nacional
Para las Entregas (ventas):
- Configurar el tipo de IVA 0% en el apartado “Operaciones no sujetas o con Inversión del Sujeto Pasivo (ISP)”.
- Nota: Se deberá tener en cuenta que los códigos de IVA nacionales nuevos también deberán añadirse a la configuración actual de IVA repercutido (primer IVA, segundo IVA, tercer IVA según corresponda el %).