Summary
Resolution
Es el reglamento para cumplir con la norma, mediante el envío de los registros de facturación a la sede electrónica de la Agencia Tributaria en tiempo real.
Cada factura incluirá un código QR que permitirá a los clientes y a la propia Agencia Tributaria verificar la validez de la factura de manera rápida y segura.
Con la publicación de la Orden Ministerial HAC/1177/2024 que desarrolla el RD 1007/2023 se aclara la fecha máxima en que los proveedores de software deben adaptar los sistemas de facturación que comercializan, siendo a partir del 29 de Julio de 2025 la fecha en que las empresas deben disponer de un software homologado para facturar, pues no se permitirá comercializar, ni por lo tanto actualizar, un software no homologado.
Recordamos que Sage 50, Sage 200, Sage Despachos Connected, Sage X3 y Sage Active son las aplicaciones de Sage que permitirán cumplir con esta obligación.
Si tienes otra aplicación diferente a las mencionadas anteriormente, te recomendamos que te pongas en contacto con tu comercial. Así podrás confirmar que, al llegar la fecha, estarás preparado para trabajar conforme a la nueva normativa.
Respecto a la fecha de entrada en vigor de dicho reglamento, la fecha publicada actualmente es el 01/07/2025. No obstante, está en tramitación una modificación del RD 1007/2023 que se prevé que la nueva fecha límite sea 01/01/2026 para las empresas, y el 01/07/2026 para los autónomos y resto de obligados.