Summary
Resolution
Los ajustes de tipo temporales deben tener un plan completo de ajustes creados. Para verlo hagamos un ejemplo de adquisición de una maquinaria nueva por importe de 200.000€ que se realiza el 1 de Enero del 2020.
Se genera el plan de ajustes con origen en el ejercicio 2020.
La impresión de la página 12 es la siguiente:
La impresión de la página 19:
En este caso, se deberá cumplimentar la casilla 2303 Aumentos de correcciones temporarias con origen en el ejercicio de la página 19 del modelo 200 dedicada a 'Correcciones del ejercicio'.
Asimismo, deberá cumplimentarase la casilla 2310 Disminuciones futuras de correcciones temporarias de la fila correspondiente a Saldo pendiente a fin de ejercicio.
La razón es que, aunque se trata de un ajuste positivo en origen, revertirá mediante ajustes extracontables negativos, quiere esto decir que esta correción temporaria positiva con origen en el ejercicio supondrá disminuciones futuras de la base imponible, por tanto, en la columna 'Saldo pendiente a fin de ejercicio' de la Página 26, deberá cumplimentarse la casilla de disminuciones, de tal forma que año a año el saldo se incremente si el ajuste continúa siendo en origen o disminuyendo, si ese ajuste ha comenzado a revertir, pero siempre en la columna de 'Disminuciones futuras'.
Una vez trancurrido el primer período impositivo en el que se realiza el ajuste, en las siguientes liquidaciones deberá cumplimentarse la casilla de 'Disminucioens futuras' en la columna 'Saldo pendiente a inicio de ejercicio' por el mismo importe que se consignó en la casilla de 'Disminución futura' de la columna de 'Saldo pendiente a fin de ejercicio' de la liquidaicón del período impositivo anterior.
Nota: Casilla 2305 y 2306 no se imprimen al ser ajustes generados en el ejercicio.
Nota: Casilla 02309 = 02305 + 02304 - 02307 y casilla 02310 = 02306 + 02303 - 02308
La impresión de la página 26 queda de la siguiente manera: