Según el RDL 708/2015 del 24 de Julio, los trabajadores por cuenta ajena que cotizaban como representante de comercio, pasaron a tener la consideración de trabajadores por cuenta ajena incluidos en el régimen general a partir del 1 de Septiembre de 2015.
Para dar de alta a un trabajador representante de comercio accederás en el módulo de laboral a Nómina - Empleado - Mantenimiento empleados, donde pulsarás en el icono "Insertar" para dar de alta al trabajador como cualquier otro trabajador.

Dentro del apartado Categorías debes informar en el campo "Tarifa" la opción "5 - Of.Admn." y en el campo "Ocupación" la opción "b Tipo de cotización para todos los trabajadores que deban desplazarse habitualmente durante su jornada laboral, siempre que por razón de la ocupación o la actividad económica no corresponda un tipo superior".

Además, en el apartado Contratos, en la pestaña D.adicionales debes informar en el campo "Relación laboral especial" la opción "0500 - Representantes de comercio".

Los representantes de comercio no tienen particularidades en relación con la afiliación, altas y bajas. En la nómina cuando se calcule la particularidad que tienen es que la base de cotización de contingencias comunes no podrá ni ser inferior ni superior a las bases mínimas y máximas establecidas para cada momento para el grupo de cotización 5, por eso es importante informar el campo "Tarifa" la opción "5 - Of.Admn." como se ha comentado antes.

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