Modelo 303. Casilla 110: Cuotas a compensar de periodos anteriores
Description

Cómo funciona el cálculo de la casilla 110: Cuotas a Compensar del Modelo 303?

Definición de las Casillas 110, 78 y 87, según Instrucciones de la AEAT.

Con la Release 2023 R2 (12.0.34) se incorporan modificaciones al cálculo de la casilla 110: Cuotas a compensar de periodos anteriores. Es posible disponer de esta actualización con la instalación del hotfix WX_X3-296327. Este hotfix es posible instalarlo si se dispone de la Release 2022 R2 (12.0.30) + Hotfix WX_X3-294211 (correspondiente a 2023 R1 (12.0.33)) ó se encuentra ya instalada la Release 2023R1 (12.0.33)

Cause
Resolution

Veamos un ejemplo:

Partiendo del inicio del ejercicio, donde no hay información de periodos anteriores por tratarse del periodo 01 mensual.

Periodo 01: Enero

Como resultado del periodo 01 Enero tenemos -1.743€. La declaración podrá ser a Devolver (si la sociedad está inscrita en el Registro de Devolución Mensual) o a Compensar.

Supondremos la declaración a Compensar: C, y por tanto se generará de esta manera.

Periodo 02: Febrero

El resultado de la liquidación del periodo 02, Febrero, también es negativo (casilla 66): -13.320,08€

Además, en la casilla 110 el programa muestra los 1.743€ como Cuotas a compensar de periodos anteriores.

Según el resultado, la declaración de Febrero también será a Compensar.

Periodo 03: Marzo

En Marzo el resultado de la declaración es positivo, son 290,56€, y la declaración será por tanto a ingresar.

En la casilla 110 tenemos el importe acumulado de cuotas a compensar de periodos anteriores. Se muestran 15.063,08€ (1.743€ + 13.320,08€). Por tanto, como la declaración es a ingresar, es posible indicar manualmente en la casilla 78: Cuotas a compensar aplicadas en este periodo, el importe de los 290,56€ de resultado.

La casilla 87Cuotas a compensar pendientes para periodos posteriores se recalculará según la diferencia entre la casilla 110 y la 78

El resultado final de la liquidación será clave N: “Sin Actividad/Resultado Cero”.

Periodo 04: Abril

En Abril el resultado de la declaración es positivo, son 17.225,04€, y la declaración será por tanto a ingresar.

En la casilla 110 volvemos a tener el importe acumulado de cuotas a compensar de periodos anteriores. Se muestran 14.772,52€ procedentes del resultado de la casilla 87 del periodo de Marzo.

En este caso, es posible compensar todo el importe pendiente. Para ello, se indicará manualmente en la casilla 78: Cuotas a compensar aplicadas en este periodo, el importe de los 14.772,52€ pendientes.

La casilla 87: Cuotas a compensar pendientes para periodos posteriores se recalculará quedando a 0 (diferencia entre la casilla 110 y la 78)

El resultado de la declaración será igualmente I: A ingresar


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