Desde la versión 2021.65.000, se incorporó en la aplicación la opción de poder descontar de forma automática los días que el empleado ha estado en situación de ERTE, ya sea ERTE de reducción como ERE de suspensión, del importe total de la liquidación de vacaciones del finiquito en caso de que trabajador sea cesado en la empresa. Al dar de baja al empleado en el asistente de cese del empleado en el apartado Liquidación de vacaciones se dispone del indicador Cálculo automático que al estar seleccionado habilita otros dos indicadores: -Descontando los días de ERTE/ERTE de suspensión, que al seleccionarlo resta los días de ERE/ERTE total de los días de las vacaciones devengadas. -Descontando importe ERE/ERTE de reducción, que al seleccionarlo resta del precio día de la liquidación de vacaciones el tiempo que ha estado el trabajador de ERE/ERTE reducción. Vamos a ver 2 ejemplos para ver la forma que la aplicación descuenta estos días de ERE/ERTE de la liquidación de vacaciones de forma automática con estos indicadores de liquidación de vacaciones: - Trabajador situación de ERTE reducción al 50% 30 días (del 01/04 al 30/04) y ERTE de suspensión (del 01/05 al 10/05) durante el periodo de devengo de la paga de vacaciones y se le finiquita el 10/06.
-Los días devengados de la liquidación de vacaciones serán 31 días enero + 28 días febrero + 31 días marzo + 30 días abril + 31 días mayo + 10 días junio, en total 161 días. -Calculamos la nómina del finiquito indicando que nos descuente de la liquidación de vacaciones los días de ERTE de suspensión y el importe correspondiente al ERTE de reducción. -Si vemos el detalle del cálculo de la nómina, si dispones de dicha licencia, veremos el cálculo que realiza la aplicación. 1. Se descuenta los días de ERTE de suspensión de los días devengados de la paga de vacaciones, 161 días devengado menos 10 días de ERTE suspensión, quedando 151 días. Por tanto, en la liquidación de vacaciones L13 tendremos que cotizar 13 días, con independencia del porcentaje de jornada que se haya realizado en cada uno de los días, (151 x 30) / 365 dando como resultado 12,41, es decir 13 días en la L13. 2. Se descuenta el importe del ERTE de reducción, de los 151 días que se han devengado (restados ya los días de ERTE total) hay días que ha estado trabajando y hay días que ha estado de ERTE de reducción (que sólo ha trabajador una parte de la jornada), por tanto hay que calcular el importe que le debemos pagar en función de las distintas jornadas. Para ello la aplicación calcula una "jornada promedio" para los 151 días, en función de los días devengado a una jornada u otra, (121 días al 100% + 30 días al 50%) / 151 = 0,900662, es decir 90,0662%. 3. Calcular liquidación paga vacaciones, con este porcentaje de "jornada promedio" se calculará el importe de la liquidación, (2000 € importe de la paga vacaciones x 151 días / 365 que sería 827,3972 x 90,0662%, dando como resultado 745,21 de importe a liquidar en el concepto 751 LIQUIDACIÓN VACACIONES. - Trabajador situación de ERTE reducción al 50 % 30 días (del 01/04 al 30/04) y 10 días (del 01/05 al 10/05) en situación ERTE reducción al 30% durante el periodo de devengo de la paga de vacaciones y se le finiquita el 10/06.
-Los días devengados de la liquidación de vacaciones serán 31 días enero + 28 días febrero + 31 días marzo + 30 días abril + 31 días mayo + 10 días junio, en total 161 días. -Calculamos la nómina del finiquito indicando que nos descuente de la liquidación de vacaciones el importe correspondiente al ERTE de reducción. -Si vemos el detalle del cálculo de la nómina, si dispones de dicha licencia, veremos el cálculo que realiza la aplicación. 1. En este caso, los días que aparecen en la L13 al haberse devengado 161 días de la paga de vacaciones, ya que ha trabajado todo el periodo, aunque sea con jornadas distintas por motivos de ERTE de reducción, no se descontará ningún día de la liquidación de vacaciones, serán 14 días según el cálculo (161 x 30) / 365 dando como resultado 13,23 días. 2. Se descuenta el importe del ERTE de reducción, de los 161 días que ha devengado hay días que ha estado trabajando enteros y días que ha estado de ERTE reducción (con distintos porcentajes), por tanto, debemos calcular el importe que le debemos pagar en función a las diferentes jornadas. Para ello la aplicación calcula una "jornada promedio" para los 161 días, en función de los días devengado a una jornada u otra, (121 días al 100% + 30 días al 50% + 10 días al 30%) / 161 = 0,8881987, es decir 88,8199%. 3. Calcular liquidación paga vacaciones, con este porcentaje de "jornada promedio" se calculará el importe de la liquidación, (2000 € importe de la paga vacaciones x 161 días / 365 que sería 882,19178 x 88,8199%, dando como resultado 783,56 de importe a liquidar en el concepto 751 LIQUIDACIÓN VACACIONES. |