El artículo 1.2 de la Ley 21/2021 modificó el apartado 4 del artículo 144, sobre duración de la obligación de cotizar, de la LGSS, introduciendo con efectos desde el 01/01/2022, el derecho a una reducción del 75% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de aquellos trabajadores que hubieran cumplido la edad de 62 años.
Para aplicar dicha reducción del 75% en la cuota empresarial por contingencias comunes durante las situaciones de incapacidad temporal (Enfermedad y Accidente), dispones en la ficha de mantenimiento del empleado en la opción Seguros sociales, en la pestaña Bonificaciones/Reducciones del campo Aplica reducción IT mayor 62 años.
El valor por defecto de este campo en la aplicación es Sí. Esta reducción es de aplicación para todos los regímenes y tipos de contrato.
Para que la aplicación calcule esta reducción automáticamente cuando corresponda sobre la base en situaciones de incapacidad temporal en aquellos trabajadores que se tenga indicado en el campo indicado antes el valor Sí y que hayan cumplido 62 años es necesario tener indicada la Fecha de nacimiento correctamente en la ficha del empleado en el apartado Datos personales.
Si en el mes de cálculo, coincide la fecha en la que cumple 62 años el empleado, se aplicará a partir del día que cumple 62 años esta reducción si se encuentra en situación de incapacidad temporal el trabajador creando ruptura en el fichero de bases si sucede durante la situación de IT.
Esta reducción está vigente desde el 01/01/2022, no aplicará en cálculos anteriores a dicha fecha.
Si se cumplen dichas circunstancias, tener un trabajador mayor de 62 años según Fecha de nacimiento, tener marcado Sí en campo Aplica reducción IT mayor 62 años y encontrarse en una situación de incapacidad temporal (Enfermedad o Accidente) al calcular la nómina se aplicará dicha reducción.
Puedes comprobar su cálculo, por ejemplo, en el informe Resumen de Costes SLD que puedes generar desde el módulo de laboral en Seguridad Social - Sistema de Liquidación Directa - Resumen de Costes SLD.
En los tramos de situación de IT enfermedad, en este caso del 1 al 15 y del 16 al 20, ruptura de tramo por paso a pago delegado de la IT, tomará el importe de la columna Base CC (Base Contingencias Comunes) por 23,6% (Tipo cotización CC parte de empresa) por el 75% reflejando ese resultado en la columna Bonif/Red (Bonificaciones y Reducciones).
En el ejemplo tramo 1-15 sería 875 x 23,6% x 75 %= 154,88, tramo 16-20 sería 291,67 x 23,6% x 75% =51,62 y en el último tramo 21-31 no aparecería nada porque no se encuentra el trabajador en situación de incapacidad temporal, está en situación de activo.
Recordar que para su aplicación sobre bases de meses con nóminas ya calculadas, por tener por ejemplo Fecha nacimiento mal informada o en blanco o no tener el campo Aplica Reducción IT mayor 62 años como Sí por el motivo que sea y corrijamos la situación errónea que no permite el cálculo de dicha reducción, no será necesario el recálculo de nómina para que lo aplique la aplicación, deberás únicamente seleccionar el check Generar costes SLD al generar el Informe Resumen de costes SLD comentado anteriormente para dicho mes y trabajador.