Situación adicional de afiliación 434 ERE /ERTE
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El Boletín de Noticias Red 14/2020 de 5 de junio introdujo una aclaración respecto a empresas en situación de ERTE que en el ámbito de la misma provincia y CCC, puedan estar a la vez en Fuerza Mayor Parcial en los centros de trabajo donde haya podido reiniciar su actividad y mantener a otros centros de trabajo en Fuerza Mayor Total.

Al iniciar la situación de Fuerza Mayor Parcial en momentos distintos para todos o alguno de dichos centros de trabajo deberás:

  1. Comunicar la declaración responsable sobre el inicio de la situación de fuerza mayor parcial del primero de los centros de trabajo que haya reiniciado su actividad. Es decir, deberás presentar la declaración responsable - CPC 059- con FECHA DESDE igual a la fecha de inicio de la situación de fuerza mayor parcial del primero de los centros de trabajo que reinicien su actividad (Sistema Red Online).
  2. Respecto de los trabajadores de alta en el mismo CCC sobre el que se haya hecho la declaración responsable con las condiciones indicadas en el párrafo anterior, y adscritos a centros de trabajo en los que no se haya producido el inicio de la situación de fuerza mayor parcial, se procederá a efectuar una declaración responsable sobre el mantenimiento de la situación de fuerza mayor total.

Esta declaración se deberá realizar por cada uno de los trabajadores que se encuentren adscritos a los distintos centros de trabajo que no hayan reiniciado su actividad, informando un el tipo de "Situación Adicional de Afiliación ASA 434".

Para realizar el envío de esta situación adicional de afiliación accede a la ficha del empleado, al apartado de "Datos Afiliación AFI" y pulsa el icono de "Insertar".

 

En el campo Acción seleccionarás ASA - Situaciones adicionales de afiliación.

En el campo Situaciones adicionales de afiliación tendrás disponible la opción "Declaración responsable Fuerza Mayor Total",que se corresponde con el valor tipo SAA 434.

Para la comunicación de esta situación adicional deberás informar la Fecha desde, que deberá coincidir con la FECHA DESDE comunicada en la Declaración Responsable con CPC 059 realizada para el primer centro. Esta declaración tipo SAA 434 tendrá respecto de los trabajadores del centro de trabajo en el que no se haya reiniciado su actividad, el mismo efecto que la Declaración Responsable FMT.

Para estos empleados se seguirá aplicando la exoneración ya existente correspondiente al RDL 8/2020 (100% para empresas de menos de 50 trabajadores y el 75% para empresas de 50 ó más trabajadores). No será necesario realizar ningún cambio relativo a las fechas de exoneración o tipo de exoneración existente en la ficha del trabajador en Seguros Sociales - Datos Suspensión ERE.

3. Una vez se haya procedido al inicio de la situación de Fuerza Mayor Parcial del segundo y, en su caso, el resto de centros de trabajo, deberemos presentar una declaración responsable sobre esta circunstancia por cada uno de los trabajadores adscritos a cada uno de los centros de trabajo que vayan a reiniciar su actividad, comunicando en el campo Fecha Hasta el día inmediatamente anterior al del inicio de la situación de Fuerza Mayor Parcial del centro de trabajo donde figura de alta el trabajador.

Si en el momento del envío de la acción ASA para la comunicación de la fecha desde, ya se conoce la fecha de inicio de la Fuerza Mayor Parcial, se puede comunicar en el mismo envío la fecha hasta, que será el día inmediatamente anterior al inicio de la FMP. Si no se conoce, se puede quedar en blanco y comunicar la fecha hasta comunicando la acción MSA, en el momento que corresponda.

Para comunicar el inicio de la Fuerza Mayor Parcial de estos trabajadores mediante la acción MSA, deberás añadir la acción MSA en el apartado de "Datos Afiliación AFI". Seleccionas el tipo de situación adicional correspondiente a "Declaración Responsable Fuerza Mayor Total" e informarás únicamente la FECHA HASTA, que será el día inmediatamente anterior al del inicio de la Fuerza Mayor Parcial en el centro de trabajo del empleado en cuestión.

Deberás comunicar como Fecha Fin de la exoneración en la ficha del empleado, el día inmediatamente anterior al inicio de la Fuerza Mayor Parcial del centro de trabajo del empleado.

A partir de ese día, dependiendo de cuál sea la situación del trabajador se deberá realizar una acción u otra:

  • Si el empleado no reactiva el trabajo, no será necesario comunicar la acción MIN. Para el correcto cálculo de la exoneración correspondiente deberás informar las fechas de inicio y fin de la inactividad V/W/X FMP y el tipo de exoneración a aplicar.
  • Si el empleado reactiva el trabajo, ya sea al 100% de su jornada habitual o incrementando el % de trabajo respecto del ERTE parcial en el que estaba incluido, deberás realizar el envío de afiliación con inactividad R ó S, informando las fechas de inicio y fin de aplicación según corresponda y el tipo de exoneración a aplicar.
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