El tratamiento de las vacaciones en la aplicación puede variar dependiendo de las necesidades de la empresa. A continuación, indicamos como debes crear las vacaciones en la empresa:
- Las vacaciones se crean, bien en conceptos empresa o de convenio, a través de un concepto Tipo Pagas extras con el código 724. Automáticamente, el programa creará su correspondiente liquidación con el código concepto 751. La definición de las vacaciones se realiza igual que una paga extra.
- Recuerda que las fechas de cobro y cálculo de proporcionalidad de las vacaciones siempre son anuales (por ejemplo, de septiembre a agosto, o de enero a diciembre) y que es obligatorio que se informen los componentes para que el programa pueda realizar el cálculo.
¿Qué opciones tiene Sage 200 para el tratamiento de las vacaciones?
A. La empresa no paga los días disfrutados de vacaciones en nómina, sólo los abona en la correspondiente liquidación por cese.
En este caso, tenemos que acceder al concepto 724 de vacaciones desde Convenio - Mantenimiento de convenios (accediendo a la vigencia de convenio que corresponda), o bien desde el mantenimiento de la empresa si no trabajamos con convenios. En el campo Cobro vacaciones del concepto, tendremos que seleccionar la opción Sólo liquidación.
En el momento que indiquemos la Fecha baja al empleado, la aplicación calculará automáticamente la liquidación de vacaciones con el concepto 751 en función de la fecha de antigüedad del trabajador y las fechas de devengo de la paga de vacaciones.
Es necesario informar en la aplicación los días de vacaciones ya disfrutados por el empleado, para que sean descontados en el momento de calcular la liquidación de las vacaciones. Esto lo haremos desde el menú de la ficha del empleado de Relaciones - Incidencias empleado, entrando en las incidencias del mes de baja del empleado en el apartado Cese empresa, seleccionaremos el check Forzar días de vacaciones habilitándose la casilla Días de vacaciones a descontar indicaremos el número de días de vacaciones disfrutados por el trabajador.
Recuerda que, si has informado cada mes dentro del calendario del empleado los días de vacaciones que ha estado disfrutando, la aplicación lo tendrá en cuenta y los restará automáticamente del cálculo de la liquidación de vacaciones.
Recordar, que con el concepto 751 LIQUIDACIÓN VACACIONES indicado en el campo Cobro vacaciones la opción Sólo liquidación tendrás la posibilidad de seleccionar en la ficha del empleado en el apartado Varios/Notas en el campo Liq. vacaciones entre dos opciones de cálculo de los días de vacaciones:
-Normal: Según la proporción definida en la paga extra, es decir el cálculo comentado antes en función de la fecha de antigüedad del trabajador y las fechas de devengo de la paga de vacaciones.
-Prop. Fecha alta: Según la propoción desde el periodo comprendido entre fecha de alta del empleado y la fecha de baja, siempre que no exista fecha de antigüedad posterior a la fecha de alta del empleado ya que tomaría esa fecha de antigüedad para calcular la proporción hasta la fecha de baja del empleado. Por ejemplo, si la paga vacaciones esta definida del 01/01 al 31/12 si la fecha de alta del empleado es 01/09/2022 y la fecha de baja es 30/06/2023 en lugar de calcular la proporción de días que corresponde desde el 01/01 hasta el 30/06, la calculará desde el 01/09/2022 hasta 30/06/2023.
B. La empresa paga los días de vacaciones disfrutados en nómina, diferenciándolos de los días de salario normal.
En este caso, tenemos que acceder al concepto 724 de vacaciones desde Convenio - Mantenimiento de convenios (accediendo a la vigencia de convenio que corresponda), o bien desde el mantenimiento de la empresa si no trabajamos con convenios. En el campo Cobro vacaciones del concepto, tendremos que seleccionar la opción Por incidencia o Por incidencia y resto en el mes.
Si seleccionamos la opción Por incidencia, tendremos que informar a través de la opción de menú Nómina - Incidencias - Calendario de ausencias, los días que se estén disfrutando cada mes según sean vacaciones excluyendo festivos o vacaciones incluyendo festivos.
También los puedes informar accediendo desde la propia ficha del trabajador al menú superior en Relaciones - Incidencias de Calendario.
NOTA: recuerda tener previamente creado el calendario del empleado para poder informar luego los días de vacaciones del empleado.
De esta manera, en nómina calculada cada mes saldrá desglosado por un lado los días de paga de vacaciones que se hayan informado en la nómina mensual, y por otro lado, el resto de conceptos salariales de cada mes por los días de trabajo. El programa irá acumulando estos días que se informan para que, en el caso de que posteriormente informemos un cese en el trabajador, la aplicación liquide los días de vacaciones que queden pendientes por disfrutar.
La opción Por incidencia y en el resto del mes funciona exactamente igual, con la salvedad que, si ha llegado el mes de cobro informado en la paga extra de vacaciones (724) y quedan días pendientes de abonar, los calcula en ese mes. Igualmente, tendremos que informar a través de la opción de menú de Incidencias - Calendario de ausencias, los días que se estén disfrutando cada mes de vacaciones.
Recordar, que con el concepto 751 LIQUIDACIÓN VACACIONES indicado en el campo Cobro vacaciones alguna de las opciones Por incidencia o Por incidencia y en el resto del mes en la ficha del empleado en el apartado Varios/Notas en el campo Liq. vacaciones deberás hacer constar siempre la opción Normal, ya que la opción Prop. Fecha alta no la aplicará aunque se seleccione.